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Kazajstán se adhiere al Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos destinado a abolir la pena de muerte

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El 23 de septiembre, en la sede de la ONU, el Representante Permanente de Kazajstán ante las Naciones Unidas Kairat Umarov firmó el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. destinado a abolir la pena de muerte.

El documento fue firmado de conformidad con el Decreto del Presidente de la República de Kazajstán Kassym-Jomart Tokayev y refleja las reformas políticas que se están llevando a cabo en Kazajstán para proteger los derechos de los ciudadanos. Este desarrollo es también uno de los resultados del trabajo del Consejo Nacional de Confianza Pública, creado con el fin de establecer un diálogo constante entre las autoridades y la sociedad para construir un estado armónico.

Este fue uno de los aspectos clave del Discurso sobre el Estado de la Nación del presidente Tokayev del 2 de septiembre de 2019, dirigido a una transformación política gradual y reflexiva del país a través de la implementación del concepto de “estado escucha”.

La firma del Segundo Protocolo Facultativo es una continuación del curso destinado a reducir gradualmente el alcance de la pena de muerte y humanizar la legislación penal de Kazajstán. El uso de la pena de muerte en Kazajstán fue completamente suspendido por el Decreto del Presidente de la República de Kazajstán de 17 de diciembre de 2003 sobre la introducción de una moratoria apropiada.

Cabe señalar que de acuerdo con la legislación kazaja, el Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos está sujeto a la ratificación obligatoria por parte del Parlamento, ya que afecta los derechos y libertades humanos y civiles, y también establece normas distintas a las previstas por las leyes de la República de Kazajstán. Por lo tanto, este tratado internacional entrará en vigor solo después de su ratificación por el Parlamento de Kazajstán.

Tras la ratificación, de conformidad con el párrafo 2 del artículo 1 del Segundo Protocolo Facultativo, la única reserva admisible se haría en el momento de la ratificación de la adhesión, que prevé la aplicación de la pena de muerte en tiempo de guerra, tras una condena por el los delitos más graves de carácter militar.

Actualmente, 88 estados miembros de la ONU de los 193 son partes del Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos destinado a abolir la pena de muerte.

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Según este documento internacional, los signatarios deben asumir la obligación, en primer lugar, de no utilizar la pena de muerte y, en segundo lugar, de tomar todas las medidas necesarias para abolir la pena de muerte dentro de su jurisdicción.

Tras la evaluación integral de los aspectos legales, humanitarios y políticos de tal esfuerzo, mediante el Decreto No. 371 del 14 de julio de 2020, el Presidente instruyó al Ministerio de Relaciones Exteriores a firmar el Segundo Protocolo Facultativo en nombre de Kazajstán.

Es importante señalar que la abolición de la pena de muerte es una de las cuestiones de derechos humanos más debatidas en el mundo.

En sus resoluciones, la Asamblea General y el Consejo de Derechos Humanos de la ONU exigen periódicamente a los Estados miembros que adopten medidas efectivas para abolir la pena de muerte.

Existe una tendencia global al rechazo de este castigo “arcaico”, en opinión de muchos. Por ejemplo, el 17 de diciembre de 2018, cuando se votó sobre una resolución de la Asamblea General, que proclamó una moratoria global sobre la pena de muerte, 121 estados, incluido Kazajstán, votaron a favor y solo 35 votaron en contra.

Según Amnistía Internacional, a finales de 2018 se registró un descenso del 31% en la aplicación de esta medida (690 ejecuciones en 20 países) en comparación con 2017 (993). En 2019, se registró una nueva disminución, con 657 ejecuciones. Cabe señalar que estas cifras no incluyen ejecuciones en países sin información oficial publicada.

El organismo mundial más autorizado que trabaja por la abolición de la pena de muerte es la Comisión Internacional contra la Pena de Muerte (ICDP), entre cuyos miembros se incluyen ex presidentes, jefes de gobierno, altos funcionarios de la ONU, abogados y periodistas.

La Comisión está promoviendo activamente la idea de declarar a Asia Central y Mongolia como la primera región del mundo libre de la pena de muerte, y reaccionó positivamente a la instrucción del Presidente el 20 de diciembre de 2019 de considerar la posibilidad de abolir por completo la pena de muerte dentro de Kazajstán.

Entre la Comunidad de Estados Independientes, Uzbekistán, Kirguistán y Turkmenistán ya se han adherido al Segundo Protocolo Facultativo. Rusia y Tayikistán están observando moratorias de las ejecuciones.

Cabe señalar que la opinión pública sobre el tema de la pena capital está sujeto a fuertes fluctuaciones y se ve particularmente afectado por delitos graves y su cobertura en los medios de comunicación.

Quienes se oponen a la abolición de la pena de muerte creen que la aplicación de este castigo es un serio disuasivo destinado a prevenir los delitos más graves, incluidos el asesinato, la participación en actividades terroristas, el genocidio, los crímenes de lesa humanidad y el tráfico de drogas.

Al mismo tiempo, hay ejemplos conocidos de abolición de la pena de muerte a pesar de que el público estaba a favor de ella. Esto sucedió en Alemania, Canadá, Reino Unido y Francia.

Además, según los resultados de un estudio1 realizado por científicos estadounidenses, quienes analizaron la correlación entre los asesinatos cometidos y la presencia de la pena capital tanto dentro de Estados Unidos (en varios estados) y en el extranjero, concluyeron que no existía relación entre el uso de la pena de muerte y el número de asesinatos.

La decisión del Presidente de firmar el Segundo Protocolo Facultativo se enmarca en las reformas políticas en curso de Kazajstán destinadas a proteger aún más los derechos de los ciudadanos. La eliminación de la pena capital es uno de los pasos más importantes de este proceso. Al igual que muchos países, todavía queda trabajo por hacer para que la legislación de Kazajstán esté en consonancia con todas las obligaciones internacionales adoptadas, pero esto representa otro hito importante para el país.

1 La disuasión y la pena de muerte, Consejo Nacional de Investigación de las Academias Nacionales, The National Academies Press (2012)

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EU Reporter publica artículos de una variedad de fuentes externas que expresan una amplia gama de puntos de vista. Las posiciones adoptadas en estos artículos no son necesariamente las de EU Reporter.

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