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Antimonopolista

# Antimonopolio: la Comisión acoge con satisfacción la adopción por parte del Consejo de la Directiva sobre acciones de indemnización por daños y perjuicios

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La comisaria de Competencia, Margrethe Vestager, dijo: "Necesitamos una cultura de competencia más sólida en Europa. Por eso, me complace mucho que el Consejo haya aprobado también formalmente la Directiva sobre acciones de daños y perjuicios antimonopolio. que las empresas reciban una compensación efectiva por los daños causados ​​por las infracciones antimonopolio ".

El Tribunal de Justicia de la UE ha reconocido el derecho de las víctimas de infracciones antimonopolio a ser indemnizadas por el daño sufrido. Sin embargo, debido a los obstáculos procesales nacionales y la incertidumbre legal, actualmente solo unas pocas víctimas obtienen una indemnización. Además, las normas nacionales difieren ampliamente en toda Europa y, como resultado, las posibilidades de que las víctimas obtengan una compensación dependen en gran medida del estado miembro en el que vivan.

Las principales mejoras introducidas por la Directiva incluyen:

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  • Los tribunales nacionales pueden ordenar a las empresas que revelen pruebas cuando las víctimas reclaman una indemnización. Los tribunales garantizarán que dichas órdenes de divulgación sean proporcionadas y que la información confidencial esté debidamente protegida.
  • Una decisión final de una autoridad nacional de competencia que encuentre una infracción constituirá automáticamente la prueba de dicha infracción ante los tribunales del mismo estado miembro en el que se produjo la infracción.
  • Las víctimas tendrán al menos un año para reclamar daños una vez que una decisión de infracción por parte de una autoridad de competencia sea definitiva.
  • Si una infracción ha provocado aumentos de precios y estos se han "traspasado" a lo largo de la cadena de distribución, los que sufrieron finalmente el daño tendrán derecho a reclamar una indemnización.
  • Los acuerdos consensuados entre las víctimas y las empresas infractoras se facilitarán al aclarar su interacción con las acciones judiciales. Esto permitirá una resolución de disputas más rápida y menos costosa.

Las acciones privadas por daños ante los tribunales y la aplicación pública de las normas antimonopolio por parte de las autoridades de competencia son herramientas complementarias. La Directiva busca afinar la interacción entre ellos y garantizar que, si bien las víctimas reciben una indemnización completa, se preserva el papel clave de las autoridades de competencia en la investigación y sanción de las infracciones. En particular, la cooperación entre empresas y autoridades de competencia en el marco de los denominados programas de "clemencia" desempeña un papel clave en la detección de infracciones. Por lo tanto, la Directiva contiene salvaguardias para garantizar que facilitar las acciones por daños no reduzca los incentivos de las empresas para cooperar con las autoridades de competencia (ver MEMO / 14 / 310).

Siguientes Pasos

Se espera que la Directiva se firme formalmente durante la sesión plenaria del Parlamento a finales de noviembre. A continuación, se publicará en el Diario Oficial de la UE y entrará en vigor 20 días después de su publicación. Los Estados miembros dispondrán de dos años para aplicarlo.

La Comisión asistirá proactivamente a los Estados miembros en sus esfuerzos de implementación. Además, como lo exige la Directiva y para ayudar a los tribunales nacionales y a las partes en acciones antimonopolio contra daños, la Comisión redactará directrices sobre la transmisión de sobrecargos.

La Comisión revisará la Directiva y presentará un informe al Parlamento y al Consejo en un plazo de seis años a partir de la entrada en vigor.

2013 de la Comisión Recomendación sobre reparación colectiva También invitó a los Estados miembros a presentar antes de julio de 2015 acciones colectivas, incluidas acciones por daños y perjuicios, de conformidad con los principios establecidos en la Recomendación. La disponibilidad de acciones colectivas por daños es particularmente importante para los consumidores perjudicados por las violaciones antimonopolio. Como la Directiva se aplica a cualquier acción por daños en el campo antimonopolio, también se aplica a las acciones colectivas en aquellos estados miembros donde están disponibles.

Antecedentes

La Directiva se basa en una propuesta presentada por la Comisión en junio de 2013 al Parlamento y al Consejo (véase IP / 13 / 525 y MEMO / 13 / 531).

Después de que ambos colegisladores discutieran la propuesta y sugirieran enmiendas, en febrero de 2014 se iniciaron reuniones informales entre las tres instituciones (los denominados diálogos tripartitos) para lograr un compromiso político. Los representantes del Parlamento Europeo y de los gobiernos de los estados miembros acordaron un texto de compromiso final a finales de marzo y el Parlamento aprobó el texto en abril (ver IP / 14 / 455 MEMO / 14 / 310).

Todas las versiones lingüísticas de la Directiva y otros documentos relevantes son disponible aquí.

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EU Reporter publica artículos de una variedad de fuentes externas que expresan una amplia gama de puntos de vista. Las posiciones adoptadas en estos artículos no son necesariamente las de EU Reporter.

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