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'Necesitamos un sistema eficaz de declaraciones de efectivo para reforzar mejor la seguridad en toda la UE'

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El Comité de Representantes Permanentes (Coreper) del Consejo ha acordado hoy (28 de junio) su posición sobre un proyecto de reglamento destinado a mejorar los controles sobre la entrada o salida de efectivo de la Unión.  

Este puesto sirve como mandato para que el Consejo inicie negociaciones con el Parlamento Europeo, una vez que el Parlamento haya establecido su propia posición. El ministro de Finanzas de Malta, Edward Scicluna, dijo: “Las redes criminales y terroristas aprovechan el anonimato de las transacciones de pago en efectivo. Por eso necesitamos un sistema eficaz de declaraciones de efectivo que pueda ayudar a las autoridades a prevenir y luchar mejor contra las actividades ilegales y reforzar la seguridad en toda la Unión ”.

La futura normativa mejorará el actual sistema de controles con respecto a la entrada o salida de efectivo de la UE mediante la sustitución de la norma 1889 / 2005.

El objetivo es tener en cuenta el desarrollo de nuevas mejores prácticas en la implementación dentro de la UE de las normas internacionales sobre la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo desarrolladas por el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI). En consecuencia, el proyecto de reglamento amplía la definición de efectivo a algunos instrumentos o métodos de pago distintos del dinero en efectivo, como cheques, cheques de viaje, oro y tarjetas de prepago. Además, amplía su alcance al efectivo que se envía por correo, flete o mensajería.

Por tanto, complementará el marco jurídico de la UE para la prevención del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo establecido en la Directiva 2015/849. Según la posición común del Consejo, cualquier ciudadano que entre o salga de la UE y lleve dinero en efectivo por valor de 10 euros o más deberá declararlo a las autoridades aduaneras.

La declaración tendrá que hacerse independientemente de si los viajeros llevan el dinero en efectivo en su persona, su equipaje o medio de transporte. A petición de las autoridades tendrán que ponerla a disposición para el control.

En lo que respecta a los envíos por correo, envíos por correo, equipaje no acompañado o carga en contenedores ("efectivo no acompañado"), las autoridades competentes tendrán la facultad de solicitar al remitente o al destinatario, en su caso, . La declaración se hará por escrito o electrónicamente utilizando un formulario estándar. Las autoridades estarán facultadas para llevar a cabo los controles de todos los envíos, recipientes o medios de transporte que puedan contener efectivo no acompañado.

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Las autoridades de los estados miembros intercambiarán información, especialmente cuando haya indicios de que el efectivo está relacionado con actividades delictivas que podrían afectar negativamente a los intereses financieros de la UE. Esta información también se transmitirá a la Comisión. El nuevo reglamento no impedirá que los estados miembros establezcan controles nacionales adicionales sobre los movimientos de efectivo dentro de la Unión en virtud de la legislación nacional, siempre que estos controles sean conformes con las libertades fundamentales de la Unión.

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EU Reporter publica artículos de una variedad de fuentes externas que expresan una amplia gama de puntos de vista. Las posiciones adoptadas en estos artículos no son necesariamente las de EU Reporter.

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