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Biocombustibles

La Comisión aprueba la prórroga de un año de la exención fiscal para los biocombustibles en Suecia

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La Comisión Europea ha aprobado, bajo las reglas de ayudas estatales de la UE, la prórroga de la medida de exención de impuestos para los biocombustibles en Suecia. Suecia ha eximido a los biocombustibles líquidos de los impuestos sobre la energía y el CO₂ desde 2002. El régimen se prorrogó tras la decisión de la Comisión en el caso SA. 48069 en 2017 hasta el 31 de diciembre de 2020. Mediante esta decisión, la Comisión aprueba una prórroga de un año de la exención fiscal (del 01 de enero de 2021 al 31 de diciembre de 2021).

El objetivo de la medida de exención fiscal es aumentar el uso de biocombustibles y reducir el uso de combustibles fósiles en el transporte. La Comisión evaluó las medidas con arreglo a las normas de la UE sobre ayudas estatales, en particular Directrices sobre ayudas estatales para la protección del medio ambiente y la energía 2014-2020. La Comisión constató que las exenciones fiscales son necesarias y adecuadas para estimular la producción y el consumo de biocarburantes nacionales e importados, sin distorsionar indebidamente la competencia en el mercado único. Además, el plan contribuirá a los esfuerzos tanto de Suecia como de la UE en su conjunto para cumplir el acuerdo de París y avanzar hacia los objetivos de energías renovables y CO₂ de 2030.

El apoyo a los biocarburantes a base de alimentos debe seguir siendo limitado, en consonancia con los umbrales impuestos por la Directiva revisada sobre energías renovables. Además, la exención solo se puede conceder cuando los operadores demuestren el cumplimiento de los criterios de sostenibilidad, que serán transpuestos por Suecia según lo exige la Directiva revisada sobre energías renovables. Sobre esta base, la Comisión concluyó que la medida se ajusta a las normas de la UE sobre ayudas estatales. Más información estará disponible en la Comisión competencia sitio web, en el Registro de ayudas estatales bajo el número de caso SA.55695.

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