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Antimonopolista

#Antitrust: La Comisión multa tres empresas 68 millones de euros para el reciclaje de la batería del coche cártel

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16667648_10158224775515385_322461080_oLa Comisión Europea ha multado a Campine, Eco-Bat Technologies y Recylex por un total de € 68 millones por fijar precios para comprar chatarra de baterías de automóviles, en violación de las normas antimonopolio de la UE. Una cuarta empresa, Johnson Controls, no fue multada porque reveló la existencia del cartel a la Comisión.

La comisionada Margrethe Vestager, a cargo de la política de competencia, dijo: "Los mercados que funcionan bien pueden ayudarnos a reducir el desperdicio y apoyar la economía circular. Por lo tanto, no toleramos comportamientos que socaven la competencia. Las cuatro empresas multadas hoy se han coludido para maximizar sus ganancias obtenidas del reciclaje de baterías de desecho, reduciendo la competencia en este eslabón esencial de la cadena de reciclaje.

De 2009 a 2012, cuatro empresas de reciclaje participaron en un cartel para fijar los precios de compra de baterías automotrices de plomo-ácido de desecho en Bélgica, Francia, Alemania y los Países Bajos. Las empresas son Campine (Bélgica), Eco-Bat Technologies (Reino Unido), Johnson Controls (Estados Unidos) y Recylex (Francia).

Las empresas de reciclaje compran baterías automotrices usadas (de automóviles, furgonetas o camiones) a los vendedores de chatarra o recolectores de chatarra. Las baterías usadas se obtienen de puntos de recolección, como talleres, talleres de mantenimiento y reparación, distribuidores de baterías, desguaces y otros sitios de eliminación de residuos. Las compañías de reciclaje realizan el tratamiento y la recuperación de las baterías de desecho y luego venden plomo reciclado, principalmente a los fabricantes de baterías, que lo utilizan para fabricar baterías nuevas para automóviles.

A diferencia de la mayoría de los cárteles, donde las compañías conspiran para aumentar sus precios de venta, las cuatro compañías de reciclaje colaboraron para reducir el precio de compra pagado a los comerciantes de chatarra y recolectores de baterías de automóviles usadas. Al coordinar para bajar los precios que pagaban por las baterías de desecho, las cuatro compañías interrumpieron el funcionamiento normal del mercado e impidieron la competencia en el precio.

Este comportamiento estaba destinado a disminuir el valor de las baterías usadas vendidas para chatarra, en detrimento de los vendedores de baterías usadas. Las empresas afectadas por el cártel eran principalmente recolectores de baterías pequeñas y medianas y vendedores de chatarra.

La mayoría de los contactos anticompetitivos entre las cuatro empresas de reciclaje tuvieron lugar de manera bilateral, principalmente a través de llamadas telefónicas, correos electrónicos o mensajes de texto. Algunos contactos también tuvieron lugar en persona, ya sea en reuniones bilaterales o, con menor frecuencia, en reuniones multilaterales. Las partes eran muy conscientes del carácter ilegal de sus contactos y, a veces, trataron de disimularlos utilizando un lenguaje codificado, por ejemplo, a la vista de las condiciones climáticas para señalar diferentes niveles de precios.

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La decisión de hoy asegura que habrá competencia por méritos entre los recicladores de baterías de automóviles y la fijación de precios competitivos reales para las baterías de automóviles usadas.

Multas

Las multas se fijaron sobre la base de la Comisión Directrices 2006 sobre multas (Véase también MEMO).

Como el cártel se relacionaba con la colusión en los precios de compra, la Comisión utilizó el valor de las compras (en lugar del valor de las ventas) para establecer el nivel de las multas. Como se presume que esas cifras se redujeron artificialmente precisamente debido al comportamiento del cártel, es probable que esto resulte en un nivel de multas por debajo de la importancia económica de la infracción. Por lo tanto, para evitar la falta de disuasión, la Comisión utilizó su discreción en virtud de las Directrices sobre multas para aumentar el importe de la multa para todas las partes en un 10%.

La Comisión redujo la multa de Campine en un 5%, ya que desempeñó un papel menor que los otros participantes del cartel..

Además, en virtud de la Comisión 2006 Comunicación sobre la cooperación:

  • Johnson Controls recibió total inmunidad por revelar la existencia del cartel a la Comisión, evitando así una multa de € 38 481 300.
  • Eco-Bat y Recylex se beneficiaron de reducciones de sus multas por su cooperación con la investigación de la Comisión.
  • La solicitud de clemencia de Campine fue rechazada porque la Comisión concluyó que la empresa no había revelado su participación en la infracción.

El desglose de las multas impuestas a cada empresa es el siguiente:

  Reducción conforme a la Comunicación Fine (€)
Johnson Controls 100% 0
Eco-Bat 50% 32 712 000
RECYLEX 30% 26 739 000
Campine 0% 8 158 000

Antecedentes

Las baterías de automóviles son el producto de consumo más reciclado del mundo. Prácticamente el 99% de las baterías de automóviles de la UE se reciclan. En la UE se reciclan cada año alrededor de 58 millones de baterías de automóviles.

La Comisión adoptó un ambicioso Circular paquete Economía en 2 diciembre 2015. El paquete consta de un plan de acción de la UE con medidas que abarcan todo el ciclo de vida del producto: desde el diseño, el suministro, la producción y el consumo hasta la gestión de residuos y el mercado de materias primas secundarias. La Comisión informó recientemente sobre el desarrollo y progreso de las iniciativas clave del Plan de Acción. La industria del reciclaje de residuos en Europa es el foco de varias de estas iniciativas.

Antecedentes del procedimiento

Artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) y el artículo 53 del Acuerdo EEE prohíben los cárteles y otras prácticas comerciales restrictivas.

La investigación de la Comisión comenzó tras una solicitud de inmunidad de Johnson Controls en junio de 2012. En Septiembre 2012, la Comisión realizó inspecciones en las instalaciones de varias empresas del sector.

En junio de 2015, la Comisión inició el procedimiento y envió un pliego de cargos a los destinatarios de la decisión de hoy. El pliego de cargos también se envió a una quinta empresa. Sin embargo, sobre la base de las pruebas en el expediente de la Comisión, la Comisión decidió no continuar con la investigación contra esta empresa.

Más información sobre este caso estará disponible bajo el número de caso 40018 existentes caso público registro en el sitio web de competencia de la Comisión, una vez que se hayan abordado las cuestiones de confidencialidad. Para obtener más información sobre la acción de la Comisión contra los cárteles, consulte su sitio web de carteles.

Demanda de indemnización de daños

Cualquier persona o empresa afectada por un comportamiento anticompetitivo como se describe en este caso puede llevar el asunto ante los tribunales de los Estados miembros y solicitar daños. La jurisprudencia del Tribunal y el Reglamento del Consejo 1 / 2003 confirman que, en casos ante los tribunales nacionales, una decisión de la Comisión constituye una prueba vinculante de que el comportamiento se produjo y fue ilegal. A pesar de que la Comisión ha multado a las empresas involucradas, los daños pueden otorgarse sin que se reduzcan debido a la multa de la Comisión.

El  Directiva daños en este campo, que los Estados miembros tuvieron que implementar en sus sistemas legales para 27 de diciembre 2016, hace que sea más fácil para las víctimas de las prácticas contrarias a la competencia para la obtención de daños. Más información sobre reparación de daños y perjuicios, incluyendo una guía práctica sobre cómo cuantificar el daño defensa de la competencia, está disponible esta página.

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EU Reporter publica artículos de una variedad de fuentes externas que expresan una amplia gama de puntos de vista. Las posiciones adoptadas en estos artículos no son necesariamente las de EU Reporter.

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