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#StabilityandGrowthPact: Propuestas fiscales para #Spain y #Portugal

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ComisiónTras el Decisión del consejo de 12 de julio de 2016 que España y Portugal no tomaron medidas efectivas para corregir sus déficits excesivos, la Comisión recomienda hoy una nueva senda de ajuste fiscal para ambos países. El Colegio de Comisarios también recomienda que se cancele la multa para ambos países, recomendación que el Consejo deberá aprobar, modificar o rechazar. El Consejo no está sujeto a la recomendación de la Comisión, pero puede aumentar la multa hasta un 0.2% del PIB según las normas de la UE.

Las recomendaciones de hoy siguen las revisiones de las reglas fiscales de la UE de los últimos años, que el Parlamento Europeo y los estados miembros han acordado. En virtud de estas normas, la Comisión también debe proponer una suspensión de parte de los compromisos de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (ESI) para 2017. El Colegio decidió hoy presentar una propuesta de este tipo en una etapa posterior tras un diálogo con el Parlamento Europeo. Para levantar una suspensión de los Fondos EIE, ambos estados miembros deberán demostrar el pleno cumplimiento de las Pacto de Estabilidad y Crecimiento, incluso al presentar sus Proyectos de Planes Presupuestarios este otoño.

Tras la decisión unánime del Consejo con arreglo al artículo 126, apartado 8, de que ni España ni Portugal  habían tomado medidas efectivas para corregir sus déficits excesivos, la Comisión estaba legalmente obligada a presentar en el plazo de 20 días una propuesta de multa. El importe predeterminado establecido por la legislación es el 0.2% del PIB, pero puede reducirse por circunstancias económicas excepcionales o tras una solicitud motivada del Estado miembro en cuestión. Ambos países presentaron solicitudes motivadas.

Reconociendo las solicitudes motivadas, el desafiante entorno económico, los esfuerzos de reforma de ambos países y sus compromisos de cumplir con las normas del Pacto de Estabilidad y Crecimiento, la Comisión recomienda al Consejo que anule la multa.

Teniendo en cuenta la situación económica y fiscal, la Comisión recomienda que Portugal ponga fin a su déficit excesivo para 2016 y que España lo haga para 2018, a más tardar. Esto está en consonancia con los compromisos que ambos Estados miembros ya han anunciado y refleja el enfoque prudente de la Comisión en el entorno actual.

Para ambos países, la fecha límite para tomar medidas efectivas e informar al respecto será el 15 de octubre de 2016.

Antecedentes

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El 12 de julio, el Consejo, actuando de conformidad con el artículo 126, apartado 8, del TFUE, concluyó que España y Portugal no habían tomado medidas efectivas en respuesta a sus recomendaciones sobre medidas para corregir sus déficits excesivos. De acuerdo con el Reglamento 1467/97, ​​el Consejo debe adoptar una decisión para notificar la actuación con arreglo al artículo 126, apartado 9, del TFUE en un plazo de dos meses a partir de la decisión sobre la falta de acción efectiva. La Comisión está formulando hoy las recomendaciones pertinentes para una decisión del Consejo que notifica a España y Portugal que tomen las medidas necesarias para reducir su déficit en la medida necesaria para remediar sus déficits excesivos. La Comisión también legalmente obligado a presentar una propuesta relacionada con una multa dentro de los 20 días, lo que está haciendo hoy. Ambos países tenían derecho a presentar una solicitud motivada a la Comisión en un plazo de diez días. Ambos países presentaron esta solicitud, pidiendo la cancelación de la multa, al tiempo que reafirmaban su compromiso de cumplir con las reglas del Pacto de Estabilidad y Crecimiento.

En general, el estado de las finanzas públicas en la Unión Europea y la zona del euro en particular ha mejorado en los últimos años. El déficit de las administraciones públicas en la zona del euro en su conjunto disminuyó del 6.3% del PIB en 2009 (UE: 6.7%) al 2.1% del PIB en 2015 (UE: 2.4%) a una previsión del 1.9% en 2016 (UE: 2.1% ) y 1.6% en 2017 (UE: 1.8%). Mientras tanto, se prevé que la relación deuda / PIB siga disminuyendo gradualmente desde el 94.4% en 2014 hasta el 91.1% en la eurozona en 2017 (UE: 85.5%). Ahora solo hay seis estados miembros de la UE (cuatro estados miembros de la eurozona) en el brazo correctivo del Pacto de Estabilidad y Crecimiento, frente a los 24 estados miembros en 2011.

Proximos pasos:

Corresponde al Consejo adoptar, modificar o rechazar las recomendaciones de hoy.

De acuerdo con el artículo 136 (2) del TFUE, solo los estados miembros de la eurozona votan para adoptar medidas específicas para los estados miembros de la eurozona. De conformidad con el artículo 126, apartado 13, del TFUE, el Estado miembro en cuestión no vota. Dado que los Estados miembros de la eurozona han firmado el Tratado de Estabilidad, Coordinación y Gobernanza (TSCG), también se han comprometido a apoyar las recomendaciones de la Comisión sobre todos los aspectos de los Procedimientos de Déficit Excesivo sobre la base del criterio de déficit para los Estados miembros de la eurozona, siempre que exista no hay mayoría cualificada en contra de las recomendaciones. Esto es aplicable a los dos tipos de propuestas que presenta hoy la Comisión.

Para las recomendaciones relativas a la multa, el Consejo tiene 10 días para adoptarla. También puede modificar o rechazar la propuesta por mayoría cualificada de los países cuya moneda es el euro (menos el país en cuestión).
La regla de votación es la denominada mayoría cualificada inversa (artículo 6 del Reglamento 1173/2011). El Consejo, por mayoría cualificada, también podrá modificar la recomendación de la Comisión y adoptar el texto así modificado como decisión del Consejo.

Para la propuesta de una nueva trayectoria de ajuste, la decisión del Consejo de notificar al Estado miembro participante de que se trate que adopte medidas para la reducción del déficit de conformidad con el artículo 126, apartado 9, del TFUE se adoptará dentro de los dos meses siguientes a la decisión del Consejo con arreglo al artículo 126 (8) establecer que no se ha tomado ninguna acción efectiva. Dado que el Consejo adoptó la decisión del artículo 126, apartado 8, el 12 de julio de 2016, la decisión con arreglo al artículo 126, apartado 9, debe presentarse antes del 12 de septiembre (Reglamento 1467 / 97 Artículo 5).

La Comisión también volverá a la suspensión de parte de los compromisos de los Fondos Estructurales para 2017 tras el diálogo estructurado con el Parlamento.

Más información

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EU Reporter publica artículos de una variedad de fuentes externas que expresan una amplia gama de puntos de vista. Las posiciones adoptadas en estos artículos no son necesariamente las de EU Reporter.

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