Grecia
La Comisión acoge con satisfacción el compromiso de Grecia de adaptar su sistema de imposición del tonelaje a las normas sobre ayudas estatales
La Comisión Europea ha dejado constancia de la aceptación por parte de Grecia de las medidas adecuadas propuestas por la Comisión para adecuar el actual régimen griego de impuestos sobre el tonelaje y las medidas conexas a las normas sobre ayudas estatales. Grecia había introducido las medidas para apoyar al sector del transporte marítimo.
La cooperación entre la Comisión y Grecia
La Comisión reconoce la importancia de mantener un sector de transporte marítimo competitivo en la UE. Las normas de la UE sobre ayudas estatales establecen normas comunes sobre cómo los Estados miembros pueden apoyar a los proveedores de transporte marítimo, sin distorsionar indebidamente la competencia en el mercado único. Directrices marítimas permitir a los Estados miembros gravar a las compañías navieras en función del tonelaje (es decir, en función del tamaño de la flota naviera) en lugar de en función de los beneficios reales, entre otras cosas.
In Diciembre de 2015La Comisión envió a Grecia una serie de propuestas para garantizar que el apoyo estatal al sector marítimo en Grecia cumpla las normas de la UE sobre ayudas estatales, en particular las Directrices marítimas. La Comisión tenía dudas de que el régimen griego de impuestos sobre el tonelaje y las medidas relacionadas no estuvieran bien orientadas en términos de alcance y beneficiarios. Dado que las medidas ya estaban en vigor desde 1975, antes de que Grecia se adhiriera a la UE, se consideran “ayudas existentes” y están sujetas a un procedimiento de cooperación específico.
A la luz del diálogo permanente con las autoridades griegas, la Comisión decidió el 6 de noviembre de 2024 modificar parcialmente la propuesta de diciembre de 2015 en lo que respecta a determinados beneficios fiscales relacionados con los dividendos y las plusvalías de las compañías navieras, así como a la explotación de diversos tipos de buques, manteniendo al mismo tiempo su apreciación de que estas medidas son incompatibles con el mercado interior. Además, la Comisión ya no consideró oportuno proponer medidas adecuadas en relación con la exención del impuesto de sucesiones.
El 14 de noviembre de 2024, las autoridades griegas aceptaron las medidas adecuadas propuestas. La Comisión registra oficialmente la aceptación de las medidas adecuadas propuestas por Grecia y da por concluido el procedimiento de cooperación.
Antecedentes
Por ayuda existente se entiende, entre otras cosas, la ayuda estatal que se puso en vigor antes de la adhesión de un Estado miembro a la UE y que sigue aplicándose después de la adhesión. Artículo 108 El artículo 10 del Tratado de Funcionamiento de la UE establece procedimientos separados para las ayudas estatales existentes y las nuevas. Mientras que las nuevas ayudas estatales generalmente requieren la notificación del Estado miembro pertinente a la Comisión para su evaluación (con excepciones), las ayudas existentes están sujetas a un procedimiento específico de cooperación entre los Estados miembros y la Comisión.
Cuando una ayuda existente parece infringir las normas de la UE sobre ayudas estatales, la Comisión informa al Estado miembro de sus preocupaciones y le ofrece la oportunidad de presentar observaciones. Si la Comisión llega a la conclusión de que el régimen de ayudas existente no es compatible con el mercado interior, propone medidas adecuadas al Estado miembro en cuestión. Si el Estado miembro acepta aplicar la propuesta de la Comisión, la Comisión adopta una decisión en la que reconoce formalmente dicho compromiso. Con ello concluye el procedimiento de cooperación.
La adaptación del régimen griego de impuestos sobre el tonelaje y las medidas relacionadas con él a las normas sobre ayudas estatales no significa que el sector naviero ya no pueda recibir apoyo estatal. En virtud de las Directrices marítimas, los Estados miembros pueden adoptar determinadas medidas que mejoren el clima fiscal de las compañías navieras. Sólo las compañías que se dedican al transporte marítimo (definido como el transporte de mercancías y personas por mar) pueden acogerse a las medidas previstas en las Directrices marítimas. La más destacada de estas medidas es el impuesto sobre el tonelaje, por el que las compañías navieras pueden solicitar que se les grave en función de un beneficio teórico o del tonelaje que explotan, en lugar de pagar impuestos con arreglo al sistema normal de impuestos corporativos. Esto puede reducir el nivel general de impuestos pagados y aumentar la previsibilidad.
Para más información
La versión no confidencial de la Decisión estará disponible bajo el número de caso SA.33828 en el registro de ayudas estatales en la Comisión competencia sitio web una vez las cuestiones de confidencialidad se han resuelto. Las nuevas publicaciones de decisiones sobre ayudas estatales en Internet y en el Diario Oficial se encuentra en el Noticias electrónicas semanales de la competencia.
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