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Croacia

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos determina que la respuesta croata al violento ataque homofóbico para fomentar la impunidad por actos de delitos de odio violentos

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Una sentencia emitida el 14 de enero por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos concluye que la respuesta de las autoridades croatas a un crimen de odio contra una mujer lesbiana fue “particularmente destructiva de los derechos humanos fundamentales”.  

En el juicio en Sabalic v Croacia, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) determinó una violación del artículo 3 (prohibición de tratos inhumanos o degradantes) junto con el artículo 14 (prohibición de discriminación) de la Convención Europea debido a que las autoridades croatas no respondieron eficazmente a las alegaciones de la demandante de un violento ataque homofóbico contra ella.

Antecedentes

Sabalić fue atacada en un club nocturno cuando ella se negó a las insinuaciones de un hombre y le reveló que era lesbiana. El hombre, conocido como MM, la golpeó severamente y la pateó, mientras gritaba "¡Todos ustedes deberían ser asesinados!" y amenazando con violarla. Sabalić sufrió múltiples lesiones, por lo que fue tratada en el hospital.

MM fue condenado en procedimientos por delitos leves por alteración del orden público y se le impuso una multa de 300 kunas croatas (aproximadamente 40 euros). Sabalić, que no había sido informada de esos procesos, presentó una denuncia penal contra MM ante la Fiscalía del Estado, alegando que había sido víctima de un delito de odio violento y discriminación.

Aunque Croacia tiene una legislación sobre delitos de odio y los delitos basados ​​en la orientación sexual deben ser acusados ​​como delitos agravados, generalmente se ignora y los actos violentos se consideran delitos menores, como en el caso del solicitante.

Hallazgo del TEDH

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El Tribunal Europeo determinó que “tal respuesta de las autoridades nacionales a través de los procedimientos por delitos menores no es capaz de demostrar el compromiso del Estado con la Convención de garantizar que los malos tratos homofóbicos no permanezcan ignorados por las autoridades competentes y de brindar una protección efectiva contra los actos de malos tratos motivados por la orientación sexual del solicitante ”.

Destacó que “el único recurso al proceso por delitos leves contra [el agresor] ​​podría ser considerado más bien como una respuesta que fomente un sentido de impunidad por los hechos del crimen de odio violento”. Se consideró que esa conducta de las autoridades croatas era "particularmente destructiva de los derechos humanos fundamentales".

La sentencia de la Corte fue informada por un intervención de terceros presentado conjuntamente por el Centro AIRE (Asesoramiento sobre derechos individuales en Europa), ILGA-Europa y la Comisión Internacional de Juristas (CIJ).

Marko Jurcic, un activista de Zagreb Pride que brindó apoyo a las víctimas en el caso, dijo: "El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha demostrado algo que hemos estado diciendo durante décadas: la policía croata no está protegiendo a las víctimas de la violencia homofóbica y transfóbica. Desafortunadamente , la práctica de tratar los delitos de odio homofóbicos y transfóbicos como delitos menores continúa en Croacia. En los últimos años, el fiscal también ha rechazado tres denuncias de delitos de odio de Zagreb Pride debido a la mala conducta de la policía ".

Según el Jefe de Litigios de ILGA-Europa, Arpi Avetisyan: “La sentencia de hoy envía una fuerte señal a los estados miembros del Consejo de Europa para garantizar una investigación, enjuiciamiento y castigo efectivos de los delitos violentos homofóbicos y transfóbicos. Restar importancia a esos delitos y dejar que los agresores se escapen sin el debido castigo sirve como estímulo para la homofobia y la transfobia ".

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EU Reporter publica artículos de una variedad de fuentes externas que expresan una amplia gama de puntos de vista. Las posiciones adoptadas en estos artículos no son necesariamente las de EU Reporter.

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