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Bielorrusia

Asilo y retorno: la Comisión propone medidas legales y prácticas temporales para abordar la situación de emergencia en la frontera exterior de la UE con Bielorrusia

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La Comisión está proponiendo un conjunto de medidas temporales de asilo y retorno para ayudar a Letonia, Lituania y Polonia a abordar la situación de emergencia en la frontera exterior de la UE con Bielorrusia. Las medidas permitirán a estos Estados miembros establecer procesos rápidos y ordenados para gestionar la situación, respetando plenamente los derechos fundamentales y las obligaciones internacionales, incluido el principio de no devolución. La propuesta responde a la invitación del Consejo Europeo a la Comisión para que proponga los cambios necesarios en el marco jurídico de la UE y medidas concretas respaldadas por un apoyo financiero adecuado para garantizar una respuesta inmediata y adecuada en consonancia con la legislación de la UE y las obligaciones internacionales, incluido el respeto de derechos fundamentales. Las medidas, basadas en Artículo 78, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea., entrarán en vigor tras su adopción por el Consejo. Se consultará al Parlamento Europeo. Las medidas permanecerán vigentes por un período de seis meses.

Promoción de nuestro estilo de vida europeo El vicepresidente Margaritis Schinas dijo: “En las últimas semanas, hemos logrado hacer valer el peso colectivo de la UE frente al ataque híbrido dirigido a nuestra Unión. Colectivamente, la UE dejó claro que los intentos de socavar nuestra Unión sólo solidificarán nuestra solidaridad mutua. Hoy damos una manifestación viva de esa solidaridad: en forma de un conjunto de medidas temporales y excepcionales que dotarán a Letonia, Lituania y Polonia de los medios necesarios para responder a estas circunstancias extraordinarias de manera controlada y rápida y para operar en condiciones de seguridad jurídica”.

La Comisaria de Asuntos Interiores, Ylva Johansson, afirmó: “Aunque los intensos esfuerzos de la UE han dado resultados rápidos, la situación sigue siendo delicada. Hoy, para proteger nuestras fronteras y proteger a las personas, estamos dando flexibilidad y apoyo a los Estados miembros para gestionar esta situación de emergencia, sin comprometer los derechos humanos. Esto debería permitir a los Estados miembros en cuestión defender plenamente el derecho de asilo y alinear la legislación con el acervo de la UE. También tiene un límite de tiempo y un objetivo específico. Para que nuestra respuesta a las amenazas híbridas esté preparada para el futuro, activamos la formidable capacidad diplomática y jurídica de la UE para aplicar sanciones y persuadir a terceros países para que suspendan los vuelos. Pronto propondremos una reforma de las normas de Schengen. Es esencial avanzar ahora en el Pacto sobre Migración y Asilo”.

Medidas provisionales propuestas

Las medidas incluidas en esta propuesta tienen carácter extraordinario y excepcional. Se aplicarán por un período de seis meses, salvo prórroga o derogación, y se aplicarán a los nacionales de terceros países que hayan entrado irregularmente en la UE desde Bielorrusia y se encuentren en las proximidades de la frontera o a quienes se presenten en los pasos fronterizos. Los principales elementos de la propuesta son:

Procedimiento de emergencia para la gestión de la migración y el asilo en las fronteras exteriores:

  • Los tres estados miembros tendrán la posibilidad de ampliar el periodo de registro de solicitudes de asilo a cuatro semanas, en lugar de los tres a diez días actuales. Los Estados miembros también podrán aplicar el procedimiento de asilo en la frontera para procesar todas las solicitudes de asilo, incluida la apelación, en un plazo máximo de 16 semanas, excepto cuando no se pueda brindar el apoyo adecuado a los solicitantes con problemas de salud particulares. Al hacerlo, se deben dar prioridad a las reclamaciones fundadas y a las de las familias y los niños.
  • Condiciones materiales de recepción: Los Estados miembros centran las condiciones de acogida en la cobertura de las necesidades básicas, incluido el alojamiento temporal adaptado a las condiciones climáticas estacionales, alimentos, agua, ropa, atención médica adecuada y asistencia a personas vulnerables, en pleno respeto de la dignidad humana. Es importante que los Estados miembros garanticen una estrecha cooperación con el ACNUR y las organizaciones asociadas pertinentes para apoyar a las personas en esta situación de emergencia.
  • Procedimiento de devolución: Los Estados miembros afectados podrán aplicar procedimientos nacionales simplificados y más rápidos, incluso para el retorno de personas cuyas solicitudes de protección internacional hayan sido rechazadas en este contexto.

Todos los procedimientos llevados a cabo de conformidad con esta propuesta deben respetar los derechos fundamentales y las garantías específicas previstas por la legislación de la UE, incluido el interés superior del niño, la atención sanitaria de emergencia y las necesidades de las personas vulnerables, el uso de medidas coercitivas y las condiciones de detención.

Apoyo práctico y cooperación:

  • Apoyo de las agencias de la UE: Las agencias de la UE están dispuestas a ayudar a los Estados miembros que lo soliciten. La Oficina Europea de Apoyo al Asilo (EASO) puede ayudar a registrar y procesar las solicitudes, garantizar el control de las personas vulnerables y apoyar la gestión, el diseño y la puesta en marcha de una recepción adecuada. Frontex ofrece más apoyo para las actividades de control fronterizo, incluidas las operaciones de control y retorno. También se dispone del apoyo de Europol para proporcionar información de inteligencia para luchar contra el contrabando.
  • Cooperación continua: La Comisión, los Estados miembros y las agencias de la UE continuarán su cooperación, incluida la obligación de que los Estados miembros sigan presentando datos y estadísticas relevantes a través de la Red de preparación para la migración y gestión de crisis de la UE.

La Comisión reevaluará periódicamente la situación y podrá proponer al Consejo la prórroga o la derogación de estas medidas provisionales.

Próximos pasos

El artículo 78, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la UE establece que, previa consulta al Parlamento Europeo, el Consejo podrá adoptar medidas provisionales en beneficio de los Estados miembros afectados. Esto se hace por mayoría cualificada. Una vez aprobada por el Consejo, dada la urgencia de la situación, la presente Decisión debería entrar en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la UE.

Fondo  

Desde el verano, el régimen de Lukashenko y sus partidarios han iniciado un ataque híbrido contra la UE, especialmente Lituania, Polonia y Letonia, que han experimentado una nueva e insidiosa amenaza en forma de instrumentalización de personas desesperadas.

En octubre de 2021, el Consejo Europeo invitó a la Comisión a proponer los cambios necesarios en el marco jurídico de la UE para responder a la instrumentalización de personas patrocinada por el Estado en la frontera exterior de la UE con Bielorrusia. El artículo 78, apartado 3, del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) prevé la adopción de medidas provisionales en situaciones migratorias de emergencia en las fronteras exteriores de la UE.

La propuesta de hoy es la última de una serie de acciones coordinadas de la UE que incluyen: medidas específicas para los operadores de transporte que facilitan o participan en el contrabando; acción diplomática y exterior; intensificar la asistencia humanitaria y el apoyo a la gestión de las fronteras y la migración.

Esta propuesta está en consonancia con el enfoque integral establecido en el Nuevo Pacto sobre Migración y Asilo. Complementa el Código de Fronteras Schengen y la próxima reforma de Schengen, en la que la Comisión pretende proponer un marco permanente para abordar posibles situaciones de instrumentalización a las que aún pueda enfrentarse la Unión en el futuro.

La financiación de esta propuesta se incluirá en el presupuesto de los instrumentos de financiación existentes de la UE durante el período 2014-2020 y 2021-2027 en el ámbito de la migración, el asilo y la gestión de fronteras. Cuando sea excepcionalmente necesario, si la situación se agrava aún más, podrían utilizarse los mecanismos de flexibilidad del marco financiero plurianual 2021-2027.

Más información

Propuesta de Decisión del Consejo sobre medidas provisionales de emergencia en beneficio de Letonia, Lituania y Polonia

Comunicación: Responder a la instrumentalización de los inmigrantes patrocinada por el Estado en la frontera exterior de la UE

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