Conflictos
Ayudas estatales: la Comisión inicia una investigación en profundidad sobre el impuesto publicitario húngaro

La Comisión Europea ha abierto una investigación en profundidad sobre si el impuesto publicitario de Hungría introducido en junio de 2014 cumple con las normas de la UE sobre ayudas estatales. En particular, a la Comisión le preocupa que los tipos impositivos progresivos, que van del 0 al 50%, puedan favorecer selectivamente a determinadas empresas y darles una ventaja competitiva desleal. Por lo tanto, la Comisión también ha adoptado una decisión separada que prohíbe a Hungría aplicar tipos progresivos hasta que la Comisión haya terminado su evaluación (la llamada "orden de suspensión"). La apertura de una investigación en profundidad brinda a los terceros interesados la oportunidad de comentar. No prejuzga el resultado de la investigación.
La comisaria Margrethe Vestager (en la foto), a cargo de la política de competencia, dijo: "Es muy importante que garanticemos la igualdad de condiciones en los mercados de medios de toda Europa. Hoy en día, muchos medios de comunicación dependen de los ingresos por publicidad para financiar sus operaciones. Agradezco las señales de el gobierno húngaro que tienen la intención de realizar cambios en el impuesto a la publicidad. Nuestra investigación sobre ayudas estatales analizará en detalle cómo se aplica actualmente el impuesto a la publicidad y cómo se modifica, para garantizar que no haya discriminación injusta contra determinadas empresas de medios . "
En virtud de la Ley de impuestos a la publicidad de Hungría, las empresas pagan un tipo impositivo que depende de la facturación publicitaria y las empresas con una facturación publicitaria más alta están sujetas a una tasa impositiva significativamente más alta. En esta fase, la Comisión considera que esta progresividad de los tipos impositivos, que van del 0% al 50%, favorece selectivamente a determinadas empresas de medios de comunicación, incumpliendo las normas de la UE sobre ayudas estatales. Debido a las tasas progresivas, las empresas con una baja rotación de anuncios están obligadas a pagar un impuesto por publicidad sustancialmente menor, incluso en proporción a su facturación, que las empresas con una mayor rotación de anuncios. Un impuesto progresivo basado en la facturación coloca en desventaja a los grandes actores, a diferencia de un impuesto progresivo basado en los beneficios, que puede justificarse por la mayor capacidad de carga de las empresas muy rentables. En esta etapa, las autoridades húngaras no han presentado ninguna razón objetiva que lo justifique.
La Comisión también tiene dudas sobre si las disposiciones de la ley, que permiten la deducción de pérdidas anteriores del volumen de negocios de publicidad imponible, se ajustan a las normas sobre ayudas estatales. Estas normas parecen ser incompatibles con el objetivo general del impuesto y su aplicación restringida solo a las empresas que no tenían ánimo de lucro en 2013 parece otorgar una ventaja selectiva a estas empresas.
La investigación de la Comisión no cuestiona el derecho de Hungría a percibir un impuesto publicitario ni a determinar el nivel fiscal adecuado. Sin embargo, la Comisión debe verificar que dicho impuesto no favorezca selectivamente a determinadas empresas frente a sus competidores. Hungría y los terceros interesados ahora pueden enviar sus comentarios a la Comisión.
Tras la investigación, la Comisión decidirá si el impuesto publicitario da lugar a ayudas estatales a determinadas empresas y, si existe ayuda, si cumple las normas de la UE.
Antecedentes
Hungría adoptó la Ley del impuesto a la publicidad el 11 de junio de 2014, con nuevas modificaciones el 4 de julio y el 18 de noviembre de 2014. La Ley crea un nuevo impuesto especial sobre los anuncios publicados en los medios de comunicación en Hungría y se aplica a todas las empresas de medios.
El impuesto de cada empresa se basa en la facturación derivada de la actividad publicitaria, sin deducción de costes. Por tanto, el impuesto no se basa en los beneficios generados por estas actividades. Se agrega la base imponible de las empresas afiliadas. El tipo impositivo es progresivo: las empresas con una facturación publicitaria pequeña o mediana están totalmente exentas o gravadas al 1%, mientras que las empresas con una facturación publicitaria elevada pagan una tasa progresiva de entre el 10% y el 50%. Para el año fiscal 2014, una medida transitoria permite a las empresas deducir de la base imponible de 2014 el 50% de las pérdidas arrastradas de años anteriores conforme a la ley del impuesto sobre la renta de las personas físicas o jurídicas. Sin embargo, esta posibilidad se limita a las empresas que no tenían ánimo de lucro en 2013.
Paralelamente, la Comisión también está evaluando la compatibilidad del impuesto con otros aspectos de la legislación de la UE, en particular con la libertad de establecimiento garantizada por el artículo 49 TFUE en relación con si el régimen afecta principalmente a empresas húngaras vinculadas a empresas con domicilio social en otros países. Estados miembros. La Comisión está actualmente en contacto con las autoridades húngaras para establecer todos los hechos relevantes.
La versión no confidencial de la Decisión estará disponible bajo el número de caso SA.39235 en la categoría Industrial. Registro de ayudas estatalesr en la Comisión competencia sitio web una vez las cuestiones de confidencialidad se han resuelto. Las nuevas publicaciones de decisiones sobre ayudas estatales en Internet y en el Diario Oficial se encuentra en el State Aid Weekly e-News.
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