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La Comisión aprueba un plan de recapitalización portugués de 400 millones de euros para apoyar a las empresas afectadas por la pandemia de coronavirus

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La Comisión Europea ha aprobado un plan portugués de 400 millones de euros para apoyar a las empresas estratégicas afectadas por la pandemia del coronavirus. El régimen fue aprobado en el marco de la ayuda estatal Marco temporal y está incluido en el Plan Nacional de Recuperación y Resiliencia.

La vicepresidenta ejecutiva, Margrethe Vestager, a cargo de la política de competencia, dijo: "Las empresas activas en varios sectores han visto disminuir significativamente sus ingresos debido al brote de coronavirus y las medidas restrictivas vigentes. Este esquema portugués de 400 millones de euros permitirá a Portugal apoyar estas empresas ayudándolas a satisfacer sus necesidades de liquidez y solvencia y asegurando la continuidad de sus actividades. Continuamos trabajando en estrecha cooperación con los estados miembros para encontrar soluciones viables para mitigar el impacto económico de la pandemia de coronavirus, en línea con las normas de la UE".

La medida de apoyo portuguesa

Portugal notificado a la Comisión en el marco de la ayuda estatal Marco temporal un plan de 400 millones de euros para apoyar la solvencia de empresas no financieras estratégicas viables activas en Portugal y afectadas por la pandemia de coronavirus. El presupuesto estará disponible a través del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

Según el régimen, la ayuda adoptará la forma de (i) instrumentos de capital (incluidas acciones ordinarias y preferentes), (ii) instrumentos híbridos (bonos convertibles) y (iii) una combinación de instrumentos de capital e híbridos. El importe de la inversión por empresa está limitado en principio a 10 millones de euros.

La ayuda se proporcionará a través del Programa de Recapitalización Estratégica del Fondo de Capitalización y Resiliencia (“el Fondo”). El Fondo es administrado por el Banco Português de Fomento, SA, que es el Banco Promotor Nacional.

El propósito del esquema es abordar las necesidades de liquidez y solvencia de los beneficiarios y ayudarlos a continuar con sus actividades durante y después de la pandemia.

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La Comisión constató que el régimen portugués se ajusta a las condiciones establecidas en el marco temporal. En particular, (i) el apoyo se limitará a la cantidad necesaria para asegurar la viabilidad de los beneficiarios y restaurar su posición de capital antes de la pandemia de coronavirus; (ii) el esquema proporciona una remuneración adecuada para el Estado e incentiva a los beneficiarios y/o sus propietarios a reembolsar el apoyo lo antes posible; iii) existen salvaguardias para garantizar que los beneficiarios no se beneficien indebidamente de la ayuda de recapitalización del Estado en detrimento de la competencia leal en el mercado único; y (iv) la ayuda se concederá a más tardar el 30 de junio de 2022.

La Comisión concluyó que la medida es necesaria, adecuada y proporcionada para remediar una perturbación grave en la economía de un Estado miembro, de conformidad con el artículo 107, apartado 3, letra b), del TFUE y las condiciones establecidas en el Marco temporal.

Sobre esta base, la Comisión aprobó la medida de ayuda con arreglo a las normas de la UE sobre ayudas estatales.

Antecedentes

La Comisión ha adoptado una Marco temporal Permitir que los Estados miembros utilicen toda la flexibilidad prevista en las normas sobre ayudas estatales para apoyar la economía en el contexto del brote de coronavirus. El Marco Temporal, modificado el 3 abril, 8 mayo, 29 junio, 13 October 2020, 28 enero y 18 de noviembre 2021, prevé los siguientes tipos de ayuda, que pueden ser otorgados por los Estados miembros:

(I) Subvenciones directas, aportaciones de capital, ventajas fiscales selectivas y anticipos de hasta 290,000€ a una empresa activa en el sector agrícola primario, 345,000€ a una empresa activa en el sector de la pesca y la acuicultura y 2.3 millones de € a una empresa activa en todos los demás sectores para hacer frente a sus necesidades urgentes de liquidez. Los Estados miembros también pueden conceder, hasta un valor nominal de 2.3 millones de euros por empresa, préstamos sin interés o garantías sobre préstamos que cubran el 100 % del riesgo, excepto en el sector primario de la agricultura y en el sector de la pesca y la acuicultura, donde los límites de Se aplican 290,000€ y 345,000€ por empresa respectivamente.

(Ii) Garantías estatales para préstamos tomados por empresas para garantizar que los bancos sigan otorgando préstamos a los clientes que los necesitan. Estas garantías estatales pueden cubrir hasta el 90% del riesgo de los préstamos para ayudar a las empresas a cubrir el capital de trabajo inmediato y las necesidades de inversión.

(iii) Préstamos públicos subsidiados a empresas (deuda senior y subordinada) con tasas de interés favorables para las empresas. Estos préstamos pueden ayudar a las empresas a cubrir el capital de trabajo inmediato y las necesidades de inversión.

(iv) Salvaguardas para los bancos que canalizan la ayuda estatal a la economía real. que dicha ayuda se considera una ayuda directa a los clientes de los bancos, no a los propios bancos, y proporciona orientación sobre cómo garantizar una distorsión mínima de la competencia entre bancos.

(V) Seguro público de crédito a la exportación a corto plazo para todos los países, sin la necesidad de que el Estado miembro en cuestión demuestre que el país respectivo es temporalmente "no comercializable".

(vi) Apoyo a la investigación y el desarrollo (I + D) relacionados con el coronavirus para abordar la actual crisis de salud en forma de subvenciones directas, anticipos reembolsables o ventajas fiscales. Se puede conceder una bonificación por proyectos de cooperación transfronteriza entre Estados miembros.

(vii) Apoyo para la construcción y ampliación de instalaciones de prueba. desarrollar y probar productos (incluidas vacunas, ventiladores y ropa protectora) útiles para combatir el brote de coronavirus, hasta el primer despliegue industrial. Esto puede tomar la forma de subvenciones directas, ventajas fiscales, anticipos reembolsables y garantías sin pérdidas. Las empresas pueden beneficiarse de una bonificación cuando su inversión está respaldada por más de un Estado miembro y cuando la inversión se concluye dentro de los dos meses posteriores a la concesión de la ayuda.

(viii) Apoyo a la producción de productos relevantes para abordar el brote de coronavirus en forma de subvenciones directas, ventajas fiscales, anticipos reembolsables y garantías sin pérdidas. Las empresas pueden beneficiarse de una bonificación cuando su inversión está respaldada por más de un Estado miembro y cuando la inversión se concluye dentro de los dos meses posteriores a la concesión de la ayuda.

(ix) Apoyo dirigido en forma de aplazamiento de pagos de impuestos y / o suspensiones de contribuciones de seguridad social para aquellos sectores, regiones o para tipos de empresas que son las más afectadas por el brote.

(X) Apoyo dirigido en forma de subsidios salariales para empleados para aquellas compañías en sectores o regiones que más han sufrido el brote de coronavirus, y de lo contrario habrían tenido que despedir personal.

(xi) Ayuda de recapitalización dirigida a empresas no financieras, si no hay otra solución adecuada disponible. Existen salvaguardias para evitar distorsiones indebidas de la competencia en el mercado único: condiciones sobre la necesidad, idoneidad y magnitud de la intervención; condiciones de entrada del Estado en el capital social y retribución; condiciones relativas a la salida del Estado del capital de las empresas interesadas; condiciones relativas a la gobernanza, incluida la prohibición de dividendos y los topes de remuneración para la alta dirección; prohibición de las subvenciones cruzadas y prohibición de adquisiciones y medidas adicionales para limitar las distorsiones de la competencia; requisitos de transparencia y presentación de informes.

(xii) Soporte para costos fijos no cubiertos para las empresas que enfrentan una disminución en el volumen de negocios durante el período elegible de al menos un 30% en comparación con el mismo período de 2019 en el contexto del brote de coronavirus. La ayuda contribuirá a cubrir una parte de los costes fijos de los beneficiarios que no estén cubiertos por sus ingresos, hasta un importe máximo de 12 millones de euros por empresa.

(xii) Apoyo a la inversión hacia una recuperación sostenible apoyar la inversión privada como estímulo para superar un déficit de inversión acumulado en la economía a causa de la crisis.

(xiv) Apoyo a la solvencia para aprovechar los fondos privados y ponerlos a disposición de las inversiones en pequeñas y medianas empresas (PYME), incluidas las empresas emergentes y las pequeñas empresas de mediana capitalización.

La Comisión también permitirá a los Estados miembros convertir antes del 30 de junio de 2023 los instrumentos reembolsables (p. ej., garantías, préstamos, anticipos reembolsables) concedidos con arreglo al Marco Temporal en otras formas de ayuda, como subvenciones directas, siempre que se cumplan las condiciones del Marco Temporal.

El Marco temporal permite a los Estados miembros combinar todas las medidas de ayuda entre sí, excepto los préstamos y garantías para el mismo préstamo y superar los umbrales previstos por el Marco temporal. También permite a los Estados miembros combinar todas las medidas de apoyo otorgadas en virtud del Marco temporal con las posibilidades existentes de otorgar de minimis a una empresa de hasta 25,000 30,000 euros durante tres años fiscales para empresas activas en el sector agrícola primario, 200,000 XNUMX euros durante tres años fiscales para empresas activas en el sector de la pesca y la acuicultura y XNUMX XNUMX euros durante tres años fiscales para empresas activas en todos los demás sectores. Al mismo tiempo, los Estados miembros deben comprometerse a evitar la acumulación indebida de medidas de apoyo para que las mismas compañías limiten el apoyo para satisfacer sus necesidades reales.

El Marco Temporal estará vigente hasta el 30 de junio de 2022, con la excepción del apoyo a la inversión para una recuperación sostenible, que estará en vigor hasta el 31 de diciembre de 2022, y el apoyo a la solvencia, que estará en vigor hasta el 31 de diciembre de 2023. La Comisión seguirá siguiendo de cerca la evolución de la COVID-19. XNUMX pandemia y otros riesgos para la recuperación económica.

El Marco Temporal complementa las muchas otras posibilidades ya disponibles para los estados miembros para mitigar el impacto socioeconómico del brote de coronavirus, en línea con las normas de ayuda estatal de la UE. El 13 de marzo de 2020, la Comisión adoptó una Comunicación sobre una respuesta económica coordinada al brote de COVID-19 planteando estas posibilidades. Por ejemplo, los estados miembros pueden realizar cambios de aplicación general a favor de las empresas (p. ej., diferir impuestos o subvencionar el trabajo a tiempo parcial en todos los sectores), que quedan fuera de las normas sobre ayudas estatales. También pueden conceder indemnizaciones a las empresas por los daños sufridos a causa y directamente causados ​​por un hecho excepcional, como el brote de coronavirus.

Además, en 23 de marzo de 2022, la Comisión aprobó la ayuda estatal Marco Temporal de Crisis Permitir a los Estados miembros utilizar la flexibilidad prevista en las normas sobre ayudas estatales para apoyar la economía en el contexto de la invasión rusa de Ucrania. El Marco Temporal de Crisis estará en vigor hasta el 31 de diciembre de 2022. Con el fin de garantizar la seguridad jurídica, la Comisión evaluará antes de esa fecha si es necesario prorrogarlo. Además, durante su período de aplicación, la Comisión mantendrá bajo revisión el contenido y el alcance del Marco a la luz de la evolución de los mercados energéticos, otros mercados de insumos y la situación económica general.

La versión no confidencial de la Decisión estará disponible bajo el número de caso SA.102275 en el registro de ayudas estatales en la Comisión competencia sitio web una vez que se haya resuelto cualquier problema de confidencialidad. Las nuevas publicaciones de decisiones sobre ayudas estatales en Internet y en el Diario Oficial figuran en el Noticias electrónicas semanales de la competencia.

Se puede encontrar más información sobre el Marco Temporal y otras medidas que la Comisión ha tomado para abordar el impacto económico de la pandemia de coronavirus. esta página.

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