Aviación / aerolíneas
La Comisión aprueba un plan italiano de 800 millones de euros para compensar a los aeropuertos y operadores de asistencia en tierra por los daños sufridos por el brote de coronavirus
La Comisión Europea ha aprobado, bajo las normas de ayudas estatales de la UE, un plan italiano de 800 millones de euros para compensar a los aeropuertos y operadores de asistencia en tierra por los daños sufridos por el brote de coronavirus y las restricciones de viaje que Italia y otros países tuvieron que implementar para limitar el propagación del virus.
La vicepresidenta ejecutiva, Margrethe Vestager, a cargo de la política de competencia, dijo: "Los aeropuertos se encuentran entre las empresas que se han visto especialmente afectadas por el brote de coronavirus. Este plan de 800 millones de euros permitirá a Italia compensar los daños sufridos como consecuencia directa de la restricciones de viaje que Italia y otros países tuvieron que implementar para limitar la propagación del virus. Seguimos trabajando en estrecha cooperación con los estados miembros para encontrar soluciones viables para mitigar el impacto económico del brote de coronavirus, de acuerdo con las normas de la UE ".
El esquema italiano
Italia notificó a la Comisión una medida de ayuda para compensar a los aeropuertos y operadores de asistencia en tierra por los daños sufridos durante el período comprendido entre el 1 de marzo y el 14 de julio de 2020 debido al brote de coronavirus y las restricciones de viaje vigentes.
Según el régimen, la ayuda adoptará la forma de subvenciones directas. La medida estará abierta a todos los aeropuertos y operadores de asistencia en tierra con un certificado operativo válido emitido por la autoridad de aviación civil italiana.
Un mecanismo de recuperación garantizará que cualquier ayuda pública recibida por los beneficiarios que supere el daño real sufrido deberá reembolsarse al Estado italiano.
La Comisión evaluó la medida bajo Artículo 107 (2) (b) del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), que habilita a la Comisión para aprobar medidas de ayuda estatal otorgadas por los Estados miembros para compensar a determinadas empresas o sectores específicos por los daños causados directamente por hechos excepcionales, como el brote de coronavirus.
La Comisión considera que el brote de coronavirus califica como un hecho excepcional, ya que se trata de un evento extraordinario e imprevisible que tiene un impacto económico significativo. En consecuencia, se justifican intervenciones excepcionales de los Estados miembros para compensar los daños vinculados al brote.
La Comisión concluyó que la medida italiana compensará los daños que están directamente relacionados con el brote de coronavirus y que es proporcionada, ya que la compensación no excederá de lo necesario para reparar el daño, de conformidad con el artículo 107, apartado 2 (b). ) TFUE.
Sobre esta base, la Comisión aprobó la medida en virtud de las normas sobre ayudas estatales de la UE.
Antecedentes
El apoyo financiero de los fondos nacionales o de la UE concedidos a los servicios sanitarios u otros servicios públicos para hacer frente a la situación del coronavirus queda fuera del ámbito del control de las ayudas estatales. Lo mismo se aplica a cualquier ayuda financiera pública otorgada directamente a los ciudadanos. Del mismo modo, las medidas de apoyo público que están disponibles para todas las empresas como, por ejemplo, las subvenciones salariales y la suspensión de los pagos de impuestos corporativos y sobre el valor añadido o cotizaciones sociales, no están bajo el control de ayudas estatales y no requieren la aprobación de la Comisión en virtud de las normas sobre ayudas estatales de la UE. En todos estos casos, los estados miembros pueden actuar de inmediato.
Cuando las normas sobre ayudas estatales son aplicables, los estados miembros pueden diseñar amplias medidas de ayuda para apoyar a empresas o sectores específicos que sufren las consecuencias del brote de coronavirus de acuerdo con el marco de ayudas estatales existente de la UE.
El 13 de marzo de 2020, la Comisión adoptó un Comunicación sobre una respuesta económica coordinada al brote de COVID-19 exponiendo estas posibilidades.
A este respecto, por ejemplo:
- Los Estados miembros pueden compensar a compañías específicas o sectores específicos (en forma de esquemas) por el daño sufrido debido y directamente causado por hechos excepcionales, como los causados por el brote de coronavirus. Esto está previsto en el artículo 107, apartado 2, letra b), del TFUE.
- Las normas sobre ayudas estatales basadas en el artículo 107, apartado 3, letra c), del TFUE permiten a los Estados miembros ayudar a las empresas a hacer frente a la escasez de liquidez y que necesitan ayuda urgente de rescate.
- Esto puede complementarse con una variedad de medidas adicionales, como en el marco del Reglamento de minimis y el Reglamento general de exención por categorías, que también pueden ser aplicados por los Estados miembros de inmediato, sin la participación de la Comisión.
En caso de situaciones económicas particularmente graves, como la que enfrentan actualmente todos los estados miembros debido al brote de coronavirus, las normas de ayuda estatal de la UE permiten que los estados miembros otorguen apoyo para remediar una perturbación grave en su economía. Así lo prevé el artículo 107, apartado 3, letra b), del TFUE del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
El 19 de marzo de 2020, la Comisión adoptó un Marco temporal de ayudas estatales basado en el artículo 107, apartado 3, letra b), del TFUE para permitir a los Estados miembros utilizar toda la flexibilidad prevista en las normas sobre ayudas estatales para apoyar la economía en el contexto del brote de coronavirus. El Marco Temporal, modificado el 3 abril, 8 mayo, 29 junio, 13 October 2020 y 28 de enero de 2021, prevé los siguientes tipos de ayudas, que pueden ser concedidas por los Estados miembros: (i) Subvenciones directas, aportaciones de capital, ventajas fiscales selectivas y anticipos; (ii) Garantías estatales para préstamos tomados por empresas; (iii) Préstamos públicos subsidiados a empresas, incluidos préstamos subordinados; (iv) Salvaguardias para los bancos que canalizan las ayudas estatales a la economía real; (v) Seguro público de crédito a la exportación a corto plazo; (vi) Apoyo a la investigación y el desarrollo (I + D) relacionados con el coronavirus; (vii) Apoyo a la construcción y ampliación de instalaciones de prueba; (viii) Apoyo a la producción de productos relevantes para hacer frente al brote de coronavirus; (ix) Apoyo focalizado en forma de aplazamiento del pago de impuestos y / o suspensión de cotizaciones a la seguridad social; (x) Apoyo focalizado en forma de subsidios salariales para los empleados; (xi) Apoyo focalizado en forma de instrumentos de capital y / o de capital híbrido; (xii) Apoyo a los costes fijos descubiertos para las empresas que afrontan una disminución de la facturación en el contexto del brote de coronavirus.
El marco temporal estará en vigor hasta finales de diciembre de 2021. Con el fin de garantizar la seguridad jurídica, la Comisión evaluará antes de esta fecha si es necesario prorrogarlo.
La versión no confidencial de la Decisión estará disponible bajo el número de caso SA.63074 en el registro de ayudas estatales en la Comisión competencia sitio web una vez que se haya resuelto cualquier problema de confidencialidad. Las nuevas publicaciones de decisiones sobre ayudas estatales en Internet y en el Diario Oficial figuran en el Noticias electrónicas semanales de la competencia.
Se puede encontrar más información sobre el Marco Temporal y otras medidas que la Comisión ha tomado para abordar el impacto económico de la pandemia de coronavirus. aquí.
Comparte este artículo:
-
ArmeniaHace 2 días
Armenia instiga una carrera armamentista en el Cáucaso Meridional
-
UcraniaHace 2 días
Haciendo negocios en Ucrania: estudio de caso de Excalibur
-
Deportes Hace 2 días
Paul Nicholls apuesta por un triunfo récord en la Copa Oro
-
Asia CentralHace 2 días
La “estrategia para Asia central” de la UE carece de sinceridad