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Comisión Europea

La Comisión abre procedimientos de infracción contra 12 estados miembros por no transponer las normas de la UE que prohíben las prácticas comerciales desleales

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TLa Comisión abrió procedimientos de infracción contra 12 Estados miembros por no transponer las normas de la UE que prohíben las prácticas comerciales desleales en el sector agroalimentario. El Directiva sobre prácticas comerciales desleales en la cadena de suministro agrícola y alimentario, adoptado el 17 de abril de 2019, garantiza la protección de todos los agricultores europeos, así como de los proveedores pequeños y medianos, contra 16 prácticas comerciales desleales de compradores más importantes en la cadena de suministro alimentario. La Directiva cubre los productos agrícolas y alimentarios comercializados en la cadena de suministro, prohibiendo por primera vez a nivel de la UE tales prácticas desleales impuestas unilateralmente por un socio comercial a otro.

La fecha límite para la transposición de la Directiva a la legislación nacional era el 1 de mayo de 2021. A día de hoy, Bulgaria, Croacia, Dinamarca, Finlandia, Alemania, Grecia, Hungría, Irlanda, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, los Países Bajos, Eslovaquia y Suecia han notificó a la Comisión que adoptó todas las medidas necesarias para la transposición de la Directiva, declarando así completa la transposición. Francia y Estonia han informado de que su legislación transpone solo parcialmente la Directiva.   

La Comisión envió cartas de emplazamiento a Austria, Bélgica, Chipre, Chequia, Estonia, Francia, Italia, Polonia, Portugal, Rumanía, Eslovenia y España solicitándoles que adoptaran y notificaran las medidas pertinentes. Los Estados miembros tienen ahora dos meses para responder.

Antecedentes

Esta Directiva sobre prácticas comerciales desleales en la cadena de suministro agrícola y alimentario contribuye a fortalecer la posición de los agricultores en la cadena de suministro alimentario. Las 16 prácticas comerciales desleales que se prohibirán incluyen, entre otras: (i) pagos atrasados ​​y cancelaciones de pedidos de último momento para productos alimenticios perecederos; (ii) cambios unilaterales o retroactivos a los contratos; (iii) obligar al proveedor a pagar por los productos desperdiciados; y (iv) rechazar contratos escritos.

De acuerdo con la Directiva, los agricultores y los pequeños y medianos proveedores, así como las organizaciones que los representan, tendrán la posibilidad de presentar quejas contra tales prácticas por parte de sus compradores. Los Estados miembros deben establecer autoridades nacionales designadas que se encargarán de las quejas. La confidencialidad está protegida por estas reglas para evitar posibles represalias por parte de los compradores.

La Comisión también ha tomado medidas para aumentar transparencia del mercado y promover la cooperación de productores. Juntas, estas medidas garantizarán una cadena de suministro más equilibrada, justa y eficiente en el sector agroalimentario.

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