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Comisión Europea

La Comisión aprueba la adquisición de determinadas empresas de gestión de residuos de Suez por parte del Grupo Schwarz, sujeto a condiciones

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La Comisión Europea ha aprobado, en virtud del Reglamento de Fusiones de la UE, la adquisición de determinadas empresas de gestión de residuos de Suez en Alemania, Luxemburgo, los Países Bajos y Polonia, por parte del Grupo Schwarz. La aprobación está condicionada a la venta del negocio de clasificación de envases ligeros (LWP) de Suez en los Países Bajos.

La vicepresidenta ejecutiva, Margrethe Vestager, a cargo de la política de competencia, dijo: “Los mercados competitivos en todos los niveles de la cadena de reciclaje son una contribución crucial a una economía más circular y son esenciales para lograr los objetivos del Green Deal. Con la desinversión de la planta de clasificación de Suez en los Países Bajos, la adquisición puede seguir adelante mientras se preserva la competencia efectiva en el mercado de clasificación de residuos plásticos en los Países Bajos ".

Tanto el Grupo Schwarz como las empresas de gestión de residuos de Suez en cuestión están activas en la cadena de gestión de residuos en varios países. En particular, las dos empresas son líderes en la clasificación de envases ligeros originarios de los Países Bajos.

La investigación de la Comisión

A la Comisión le preocupaba que la adquisición propuesta, como se notificó originalmente, hubiera reducido significativamente el nivel de competencia en el mercado de clasificación de LWP en los Países Bajos.

En particular, la investigación de la Comisión concluyó que la entidad fusionada se convertiría, con mucho, en el mayor actor del mercado, al poseer más de la mitad de la capacidad de clasificación LWP en los Países Bajos y un socio comercial inevitable para los clientes holandeses.

La Comisión constató que los competidores situados fuera de los Países Bajos ejercen una presión competitiva más débil, ya que los clientes prefieren que los residuos se clasifiquen lo más cerca posible del punto de recogida para minimizar el coste financiero y el CO2 emisiones asociadas al transporte por carretera.

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Los remedios propuestos

Para abordar los problemas de competencia de la Comisión, el Grupo Schwarz ofreció vender la totalidad del negocio de clasificación LWP de Suez en los Países Bajos, incluida la planta de clasificación LWP de Suez en Rotterdam y todos los activos necesarios para su funcionamiento.

Estos compromisos eliminan por completo la superposición entre el Grupo Schwarz y las empresas de gestión de residuos de Suez interesadas en la clasificación de LWP en los Países Bajos.

Por tanto, la Comisión concluyó que la transacción propuesta, modificada por los compromisos, ya no plantearía problemas de competencia. La decisión está condicionada al pleno cumplimiento de los compromisos.

Empresas y productos

El Grupo Schwarz, con sede en Alemania, está activo en la venta minorista de alimentos en más de 30 países a través de sus cadenas minoristas Lidl y Kaufland. También opera como proveedor de servicios integrados en el campo de la gestión de residuos a través de su división de negocios PreZero.

Las empresas de gestión de residuos de Suez afectadas, filiales del grupo francés Suez, se dedican a la recogida, clasificación, tratamiento, reciclaje y eliminación de residuos domésticos y comerciales en Alemania, Luxemburgo, los Países Bajos y Polonia.

Normas y procedimientos de control de concentraciones,

La transacción fue notificada a la Comisión el 19 de febrero de 2021.

La Comisión tiene la obligación de evaluar las fusiones y adquisiciones de empresas con una facturación por encima de ciertos umbrales (véase el artículo 1 del Reglamento de concentraciones) Y para prevenir concentraciones que impidan de manera significativa la competencia efectiva en el EEE o en una parte sustancial del mismo.

La gran mayoría de las fusiones notificadas no plantean problemas de competencia y se autorizan tras una revisión de rutina. Desde el momento en que se notifica una transacción, la Comisión generalmente tiene un total de 25 días hábiles para decidir si otorga la aprobación (Fase I) o inicia una investigación en profundidad (Fase II). Este plazo se amplía a 35 días hábiles en los casos en que las partes presenten recursos, como en este caso.

Más información estará disponible en la Comisión competencia sitio web, en el caso público registro con el número de expediente M.10047.

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EU Reporter publica artículos de una variedad de fuentes externas que expresan una amplia gama de puntos de vista. Las posiciones adoptadas en estos artículos no son necesariamente las de EU Reporter.

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