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La UE aprueba un plan de compensación de 1.74 millones de euros para los criadores de visones daneses

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La Comisión Europea ha aprobado, de conformidad con las normas sobre ayudas estatales de la UE, un plan danés de aproximadamente 1.74 millones de euros (13 millones de coronas danesas) para compensar a los agricultores de visones y a las empresas relacionadas con visones por las medidas adoptadas en el contexto del brote de coronavirus. Esto sigue a la recepción de una notificación completa de Dinamarca el 30 de marzo de 2021.

La vicepresidenta ejecutiva, Margrethe Vestager, a cargo de la política de competencia, dijo: “El gobierno danés tomó medidas de gran alcance para prevenir la propagación de nuevas variantes de coronavirus y nuevos brotes entre visones, que representaban una seria amenaza para la salud de los ciudadanos en Dinamarca y más allá. . El plan DKK 13n aprobado hoy (8 de abril) permitirá a Dinamarca compensar a los criadores de visones y empresas relacionadas por los daños sufridos en este contexto. Continuamos trabajando en estrecha cooperación con los estados miembros para garantizar que las medidas de apoyo nacionales puedan implementarse de la manera más rápida y eficaz posible, de acuerdo con las normas de la UE ".

Las medidas de apoyo danesas

Tras la detección y rápida expansión de varias variantes mutadas del coronavirus entre visones en Dinamarca, a principios de noviembre de 2020, las autoridades danesas anunciaron su intención de sacrificar todos los visones en Dinamarca. Para evitar que se desarrolle una situación similar en 2021, el Gobierno también prohibió la tenencia de visones hasta principios de 2022.

El 30 de marzo de 2021, Dinamarca envió una notificación completa a la Comisión sobre un plan danés para compensar a los agricultores de visones y las empresas relacionadas con el visón en este contexto, dado el impacto económico significativo y la pérdida de empleo causada por estas medidas extraordinarias. El esquema consta de dos medidas:

  • La primera medida, con un presupuesto de aproximadamente 1.2 millones de euros (9 millones de coronas danesas), compensará a los criadores de visones por la prohibición temporal del cultivo de visones.
  • La segunda medida, con un presupuesto de aproximadamente 538 millones de euros (4 millones de coronas danesas), apoyará a los productores de visones y las empresas relacionadas con el visón que estén dispuestos a ceder su capacidad de producción al estado.

El apoyo de ambas medidas adoptará la forma de subvenciones directas.

Indemnización a los criadores de visones por veda temporal

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Las subvenciones directas para compensar la prohibición de la cría de visones cubrirán todos los costes fijos de los criadores de visones que cerrarán temporalmente la producción hasta que se levante la prohibición de la cría de visones el 1 de enero de 2022. Este período puede ampliarse un año.

La Comisión evaluó la medida bajo Artículo 107 (2) (b) del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), que permite a la Comisión aprobar medidas de ayuda estatal concedidas por los Estados miembros para compensar a empresas o sectores específicos por los daños causados ​​directamente por hechos excepcionales.

La Comisión considera que el brote de coronavirus califica como un hecho tan excepcional, por tratarse de un hecho extraordinario e imprevisible que tiene un impacto económico significativo. Como resultado, se justifican intervenciones excepcionales por parte de los estados miembros para evitar la aparición de nuevas variantes del coronavirus y prevenir nuevos brotes, como la prohibición temporal del cultivo de visones, y la compensación por los daños vinculados a estas intervenciones.

La Comisión concluyó que la medida danesa compensará los daños sufridos por los criadores de visones directamente vinculados al brote de coronavirus, ya que la prohibición de la tenencia del visón hasta principios de 2022 puede considerarse como un daño directamente ligado a la ocurrencia excepcional.

La Comisión también concluyó que la medida es proporcionada, ya que una comisión de valoración independiente, nombrada por la Administración Veterinaria y Alimentaria de Dinamarca y que les informa directamente, realizará una evaluación de los costes fijos necesarios y los costes de mantenimiento de las granjas específicas durante el período de cierre. incluso mediante la realización de inspecciones in situ. Esto asegurará que el monto de la compensación solo cubra el daño real sufrido por los agricultores.

Apoyo a los productores de visones y negocios relacionados que cederán su capacidad de producción al estado.

Este esquema compensará a los criadores de visones que cederán su capacidad de producción al Estado danés a largo plazo, con miras a reestructurar una industria propensa a la aparición de nuevas variantes de coronavirus que podrían amenazar con prolongar la crisis actual y la perturbación de la la economía danesa. Se calculará sobre la base de dos elementos de pérdidas totales de los productores de visones: i) su pérdida de ingresos durante un período presupuestario de diez años; y ii) el valor residual del capital social del agricultor de visones (edificios, maquinaria, etc.).

Las empresas relacionadas con el visón que dependen significativamente de la producción de visones también serán elegibles para recibir ayuda en virtud de esta medida (centros y proveedores de piensos especializados, fábricas de desollado, el subastador Kopenhagen Fur, etc.). Una comisión de valoración evaluará que cumplen una serie de condiciones, a saber, que al menos el 50% de la facturación de las empresas en el período 2017-2019 está relacionado con la industria danesa del visón y que la empresa no puede convertir directamente la producción en otras actividades. La ayuda equivaldrá al valor de la parte de la empresa que no puede convertir directamente su producción en otras actividades.

Una condición previa para recibir apoyo en el marco de esta medida es que el Estado se haga cargo de los activos (todo el equipo de producción, establos, maquinaria, etc.), que ya no estarán disponibles para los agricultores ni para las empresas relacionadas, respectivamente.

La Comisión evaluó la medida de conformidad con las normas de la UE sobre ayudas estatales y, en particular, el artículo 107, apartado 3, letra b), del TFUE, que permite a la Comisión aprobar las medidas de ayuda estatal aplicadas por los Estados miembros para remediar una perturbación grave en su economía. La Comisión concluyó que el plan danés se ajusta a los principios establecidos en el Tratado de la UE y está bien orientado para remediar una perturbación grave de la economía danesa.

La Comisión concluyó que la medida danesa ofrecerá un apoyo directamente relacionado con la necesidad de remediar una grave perturbación en la economía de Dinamarca y salvaguardar los esfuerzos europeos y mundiales hacia el final de la pandemia también gracias a una vacuna eficaz, mediante la reestructuración de un industria propensa a la aparición de nuevas variantes de coronavirus. También constató que la medida es proporcionada, basada en un método de cálculo claro y salvaguardias para garantizar que la ayuda no exceda de lo necesario. En particular, los cálculos de la ayuda se adaptan al sector de la cría de visones y las empresas relacionadas, sobre la base de datos de referencia representativos, tasaciones individuales y métodos aceptables de valoración y depreciación.

Por tanto, la Comisión concluyó que la medida contribuirá a gestionar el impacto económico del coronavirus en Dinamarca. Es necesario, apropiado y proporcionado remediar una perturbación grave en la economía de un Estado miembro, de conformidad con el artículo 107, apartado 3, letra b), del TFUE y los principios generales establecidos en el Marco temporal.

Sobre esta base, la Comisión concluyó que las dos medidas danesas se ajustan a las normas de la UE sobre ayudas estatales.

Antecedentes

Estas medidas son complementarias a las ya adoptado por las autoridades danesas de conformidad con el artículo 26 del Reglamento de exención por categorías agrícolas (ABER), mediante el cual se otorgarán subvenciones directas para la matanza de visones por motivos de salud pública, así como una bonificación “adicional” por su rápida matanza. Ver SA.61782 para obtener más información.

El apoyo financiero de fondos nacionales o de la UE concedido a los servicios sanitarios u otros servicios públicos para hacer frente a la situación del coronavirus queda fuera del ámbito del control de las ayudas estatales. Lo mismo se aplica a cualquier ayuda financiera pública otorgada directamente a los ciudadanos. Del mismo modo, las medidas de apoyo público que están disponibles para todas las empresas, como, por ejemplo, las subvenciones salariales y la suspensión de los pagos de impuestos corporativos y sobre el valor añadido o contribuciones sociales, no están sujetas al control de ayudas estatales y no requieren la aprobación de la Comisión en virtud de las normas sobre ayudas estatales de la UE. En todos estos casos, los Estados miembros pueden actuar de inmediato. Cuando son aplicables las normas sobre ayudas estatales, los Estados miembros pueden diseñar amplias medidas de ayuda para apoyar a empresas o sectores específicos que sufran las consecuencias del brote de coronavirus de conformidad con el marco de ayudas estatales existente en la UE.

El 13 de marzo de 2020, la Comisión adoptó un Comunicación sobre una respuesta económica coordinada al brote de COVID-19 exponiendo estas posibilidades.

A este respecto, por ejemplo:

  • Los Estados miembros pueden compensar a compañías específicas o sectores específicos (en forma de esquemas) por el daño sufrido debido y directamente causado por hechos excepcionales, como los causados ​​por el brote de coronavirus. Esto está previsto en el artículo 107, apartado 2, letra b), del TFUE.
  • Las normas sobre ayudas estatales basadas en el artículo 107, apartado 3, letra c), del TFUE permiten a los Estados miembros ayudar a las empresas a hacer frente a la escasez de liquidez y que necesitan ayuda urgente de rescate.
  • Esto puede complementarse con una variedad de medidas adicionales, como las Regulaciones de minimis y las Regulaciones de Exención por Categorías, que también pueden ser implementadas por los Estados miembros de inmediato, sin la participación de la Comisión.

En caso de situaciones económicas particularmente graves, como la que enfrentan actualmente todos los Estados miembros debido al brote de coronavirus, las normas sobre ayudas estatales de la UE permiten a los Estados miembros otorgar ayuda para remediar una perturbación grave en su economía. Así lo prevé el artículo 107, apartado 3, letra b), del TFUE del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

El 19 de marzo de 2020, la Comisión adoptó un marco temporal de ayuda estatal basado en el artículo 107, apartado 3, letra b), del TFUE para permitir a los Estados miembros utilizar toda la flexibilidad prevista en las normas sobre ayudas estatales para apoyar la economía en el contexto del brote de coronavirus. El Marco Temporal, enmendado el 3 abril, 8 mayo, 29 junio13 October 2020 y 28 de enero de 2021, prevé los siguientes tipos de ayudas, que pueden ser concedidas por los Estados miembros: (i) Subvenciones directas, aportaciones de capital, ventajas fiscales selectivas y anticipos; (ii) Garantías estatales para préstamos tomados por empresas; (iii) Préstamos públicos subsidiados a empresas, incluidos préstamos subordinados; (iv) Salvaguardias para los bancos que canalizan las ayudas estatales a la economía real; (v) Seguro público de crédito a la exportación a corto plazo; (vi) Apoyo a la investigación y el desarrollo (I + D) relacionados con el coronavirus; (vii) Apoyo a la construcción y ampliación de instalaciones de prueba; (viii) Apoyo a la producción de productos relevantes para hacer frente al brote de coronavirus; (ix) Apoyo focalizado en forma de aplazamiento del pago de impuestos y / o suspensión de contribuciones a la seguridad social; (x) Apoyo específico en forma de subsidios salariales para los empleados; (xi) Apoyo focalizado en forma de instrumentos de capital y / o de capital híbrido; (xii) Apoyo a los costes fijos descubiertos para las empresas que afrontan una disminución de la facturación en el contexto del brote de coronavirus.

El marco temporal estará en vigor hasta finales de diciembre de 2021. Con el fin de garantizar la seguridad jurídica, la Comisión evaluará antes de esta fecha si es necesario prorrogarlo.

La versión no confidencial de la Decisión estará disponible bajo el número de caso SA.61945 en el registro de ayudas estatales en la Comisión competencia sitio web una vez las cuestiones de confidencialidad se han resuelto. Las nuevas publicaciones de decisiones sobre ayudas estatales en Internet y en el Diario Oficial se encuentra en el Noticias electrónicas semanales de la competencia.

Se puede encontrar más información sobre el Marco Temporal y otras medidas que la Comisión ha tomado para abordar el impacto económico de la pandemia de coronavirus. esta página.

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EU Reporter publica artículos de una variedad de fuentes externas que expresan una amplia gama de puntos de vista. Las posiciones adoptadas en estos artículos no son necesariamente las de EU Reporter.

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