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Política Exterior y de Seguridad

La Comisión aprueba condicionalmente la adquisición de Covestro por parte de ADNOC en virtud del Reglamento de Subvenciones Extranjeras

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La Comisión Europea ha aprobado, en virtud de la Reglamento de Subsidios Extranjeros ('FSR'), la adquisición de Covestro AG ('Covestro') por parte de Abu Dhabi National Oil Company PJSC ('ADNOC'). La aprobación está condicionada al cumplimiento íntegro de los compromisos asumidos por las partes.

La decisión se produce tras la apertura de un investigación en profundidad en la adquisición propuesta.

ADNOC, con sede en los Emiratos Árabes Unidos (EAU), es una empresa estatal productora de petróleo y gas y la compañía petrolera nacional de Abu Dhabi.

Covestro (anteriormente Bayer MaterialScience AG), una empresa que cotiza en bolsa y está constituida en Alemania, es una productora de productos químicos especializada en el suministro de polímeros de alto rendimiento y componentes para dichos polímeros. Presta servicios a una amplia variedad de sectores y actualmente cuenta con alrededor de 18,000 empleados.

Las conclusiones de la Comisión

Durante su investigación exhaustiva, la Comisión recabó información adicional de las partes, así como comentarios de sus competidores, y concluyó que:

  • ADNOC y Covestro recibieron subsidios extranjeros procedentes de los Emiratos Árabes Unidos que puedan distorsionar el mercado interior de la UE;
  • Las subvenciones extranjeras recibidas incluyen un Garantía estatal ilimitada a ADNOC, así como un comprometido Incremento de capital por ADNOC en Covestro y ciertas ventajas medidas fiscales;
  • Las subvenciones extranjeras identificadas podrían haber tenido efectos negativos sobre la competencia en el proceso de adquisición.En este sentido, la Comisión consideró especialmente las condiciones indebidamente favorables ofrecidas por ADNOC para la adquisición de Covestro, incluido el aumento de capital, que podrían haber disuadido a otros inversores de presentar una oferta; y
  • Las subvenciones extranjeras identificadas También habría provocado probablemente una distorsión de la competencia en el mercado interior de la UE. Con respecto a las actividades de la entidad resultante de la transacción, según la normativa de seguridad financiera (FSR), las garantías estatales ilimitadas se consideran altamente susceptibles de distorsionar el mercado interno y, por lo tanto, de distorsionar las actividades de la entidad resultante en dicho mercado.

En general, las subvenciones extranjeras identificadas habrían mejorado artificialmente la capacidad de la entidad fusionada para financiar sus actividades en el mercado interior de la UE y aumentado su aversión al riesgo. Como resultado, la entidad fusionada podría haber adoptado estrategias de inversión más agresivas. que sin las subvenciones, en detrimento de otros participantes del mercado y de las condiciones competitivas en el mercado interior.

Los remedios propuestos

Para abordar las preocupaciones de la Comisión en materia de competencia, ADNOC ofreció:

  • Para adaptar sus estatutos. para garantizar que no se desvíen de la legislación ordinaria de insolvencia de los EAU, eliminando así la garantía estatal ilimitada; y
  • Para compartir las patentes de Covestro en el área de la sostenibilidad con determinados participantes del mercado, bajo términos y condiciones transparentes establecidos de antemano. Este compromiso beneficiará a los competidores que dependen especialmente del acceso a la tecnología de sostenibilidad de Covestro.

La Comisión constató que esos compromisos (i) eliminarán la existencia de la garantía ilimitada a ADNOC; y que (ii) el beneficio para los operadores del mercado derivado del acceso a las patentes de sostenibilidad de Covestro compensará los efectos negativos de la transacción en el mercado interior.

Los compromisos son válidos por un período de 10 años. Los compromisos relativos a las patentes de Covestro seguirán vigentes después del vencimiento del período de compromiso, durante la vigencia de cualquier acuerdo de licencia celebrado durante este período.

Considerando la respuesta positiva recibida en el contexto de la prueba de mercado, la Comisión concluyó que los compromisos ofrecidos abordan eficazmente sus preocupaciones, en particular gracias al potencial de efectos indirectos para la innovación en la industria química en general y, en particular, en su segmento de sostenibilidad, y por lo tanto, que la transacción, modificada por los compromisos, ya no suscitaría problemas de competencia.

La decisión está condicionada al pleno cumplimiento de los compromisos. Bajo la supervisión de la Comisión, un fideicomisario independiente supervisará su implementación.

El procedimiento previsto en el Reglamento de Subvenciones Extranjeras

El FSR Comenzó a aplicarse el 12 de julio de 2023. El FSR permite a la Comisión abordar las distorsiones causadas por las subvenciones extranjeras y, por lo tanto, permite a la UE garantizar la igualdad de condiciones para todas las empresas que operan en el mercado interior, al tiempo que permanece abierta al comercio y la inversión.

Según el Reglamento de Seguridad Financiera (RSF), las empresas deben notificar las concentraciones a la Comisión cuando al menos una de las empresas que se fusionan, la empresa adquirida o la empresa conjunta esté establecida en la UE y genere una facturación en la UE de al menos 500 millones de euros, y cuando las partes hayan recibido al menos 50 millones de euros en contribuciones financieras extranjeras agregadas combinadas de terceros países en los tres años anteriores a la concentración.

Al término de su investigación exhaustiva de 90 días hábiles, la Comisión podrá (i) aceptar los compromisos propuestos por la empresa si remedian plena y eficazmente la distorsión, (ii) prohibir la concentración o (iii) emitir una decisión de no objeción.

Habrá más información disponible en la convocatoria de concurso de la Comisión. sitio web, en la Comisión caso público registro bajo el número de caso FS.100156.

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