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La Comisión aprueba la adquisición de Downtown por parte de UMG, sujeta a condiciones

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La Comisión Europea ha aprobado, en virtud de la Reglamento de concentraciones de la UELa propuesta de adquisición por parte de Universal Music Group NV (UMG) de Downtown Music Holdings LLC (Downtown). La aprobación está condicionada al cumplimiento íntegro de los compromisos asumidos por las empresas, que implican la desinversión total de la plataforma de contabilidad de regalías de Downtown, Curve Royalty Systems, Ltd (Curve).

La decisión sigue a un investigación en profundidad de la transacción propuesta, incluido el envío de una Pliego de cargos.

UMGCon sede en los Países Bajos, UMG opera globalmente en el sector de la música grabada, la edición musical, el merchandising y el contenido audiovisual. Como parte de sus actividades en el sector de la música grabada, también ofrece servicios para artistas y sellos discográficos («A&L»), tanto a discográficas independientes como a artistas a través de su filial Virgin.

DowntownDowntown, con sede en EE. UU., es una compañía musical global que ofrece servicios de A&L tanto a discográficas independientes como a artistas, y servicios editoriales a autores y compositores externos. Downtown también ofrece servicios de contabilidad de regalías a través de Curve, que ofrece, entre otros, procesamiento, contabilidad, pago y otros servicios relacionados con regalías y gestión de derechos. Las actividades de Downtown se centran principalmente en la distribución digital; su distribución física es limitada.

La investigación de la Comisión

En el contexto de su investigación en profundidad, la Comisión recopiló amplia información de proveedores rivales de música grabada y servicios de A&L, plataformas de servicios digitales (DSP), sellos y artistas, así como asociaciones musicales nacionales e internacionales.

La Comisión concluyó, tras su investigación en profundidad, que la transacción propuesta no conduciría a un impedimento significativo a la competencia efectiva en los mercados en los que las actividades de UMG y Downtown se superponen, a saber, música grabada, servicios de A&L y edición musical.

En concreto, la investigación de mercado de la Comisión confirmó que:

  • Existen varios competidores viables, como Sony Music Entertainment, Warner y muchos otros proveedores independientes de servicios de audio y video, como Believe, Distrokid, IDOL, Kontor u ONErpm. La investigación también confirmó que el cambio entre estos proveedores de servicios alternativos ya se está produciendo y no es costoso ni requiere mucho tiempo.
  • Basándose en su ejercicio de verificación de cuota de mercado, la Comisión pudo confirmar que las cuotas de mercado combinadas de UMG y Downtown en servicios de música grabada y A&L siguen siendo moderadas en cualquiera de los mercados pertinentes.
  • La transacción propuesta no modificará significativamente la posición negociadora de UMG en sus negociaciones de licencias con los DSP. Estos incluyen plataformas de streaming globales como Spotify, Apple Music y Amazon Music.

Al mismo tiempo, la Comisión concluyó en su investigación de mercado que Curve procesa información sobre la relación comercial entre un artista y su sello. La Comisión concluyó que la transacción, tal como se notificó inicialmente, habría perjudicado la competencia, ya que UMG podría haber obtenido acceso a datos comercialmente sensibles de sellos discográficos rivales, que se almacena en Curve.

En particular, la investigación de la Comisión a este respecto concluyó que:

  • La UMG tendría la capacidad o permiso (ability para acceder a los datos de Curve, que procesa datos de los rivales de UMG.
  • La UMG tendría la incentivos para acceder a los datos de Curve, dado el interés de UMG en obtener información más precisa evaluar la rentabilidad de artistas que actualmente firman con sellos rivales y obtener conocimientos generales sobre las tendencias recientes del mercado por región o grupos demográficos específicos.
  • El acceso de UMG a Curve obstaculizaría la competencia efectiva en el mercado de distribución mayorista de música grabada, en particular la capacidad y el incentivo de los sellos rivales para competir con UMG.

Por el contrario, la Comisión concluyó que la información procesada por otros productos del Downtown no es comercialmente sensible. Los datos almacenados en estos productos son públicos o no se refieren a las condiciones comerciales de los competidores de UMG.

Los remedios propuestos

Para abordar las preocupaciones de la Comisión en materia de competencia, UMG y Downtown ofrecieron un paquete de medidas correctivas que se mejoró tras la prueba de mercado. El paquete de medidas correctivas final consiste en: desinversión total de Curve, incluyendo:

  • Todos los clientes de Curve y sus datos, así como los contratos de suministro de Curve.
  • Todo el personal de Curve.
  • La plataforma de Curve, incluido el código fuente, los datos y los algoritmos, así como el hardware de TI utilizado exclusivamente por Curve.

El comprador otorgará a la entidad fusionada una licencia transitoria (sin ningún dato de los clientes de Curve) para permitirle utilizar el software de Curve únicamente para fines internos limitados.

Estos compromisos Abordar plenamente las preocupaciones sobre la competencia identificados por la Comisión, ya que impiden a UMG obtener acceso a los datos comercialmente sensibles de sus rivales almacenados en Curve.

Sobre esta base, la Comisión concluyó que la transacción, tal como fue modificada por los compromisos, ya no subiría Preocupaciones sobre la competencia.

La decisión está condicionada al pleno cumplimiento de los compromisos. Bajo la supervisión de la Comisión, un fideicomisario independiente supervisará su implementación.

La Comisión aprobará un comprador adecuado para Curve en un procedimiento separado.

Normas y procedimientos de control de concentraciones,

La operación propuesta no alcanzó los umbrales de facturación establecidos en el Reglamento de Concentraciones de la UE. Sin embargo, se notificó para su autorización en Austria y los Países Bajos, donde cumplió con los umbrales nacionales de notificación basados ​​en la facturación.

La autoridad de competencia neerlandesa presentó una solicitud de remisión a la Comisión de conformidad con el artículo 22, apartado 1, del Reglamento de Concentraciones de la UE. La Comisión aceptó la solicitud de los Países Bajos, a la que se sumó Austria. La Comisión evaluó el impacto de la adquisición de Downtown por UMG en el territorio de estos Estados miembros con arreglo al Reglamento de Concentraciones de la UE.

La transacción fue notificada a la Comisión el 16 de junio de 2025 y la Comisión abrió una investigación exhaustiva sobre 28 July 2025 . En 24 November 2025 La Comisión emitió una declaración de objeciones a UMG en la que exponía sus preocupaciones preliminares en materia de competencia.

La Comisión tiene la obligación de evaluar las fusiones y adquisiciones de empresas con una facturación por encima de ciertos umbrales (véase el artículo 1 del Reglamento de concentraciones de la UE) Y para prevenir concentraciones que impidan de manera significativa la competencia efectiva en el EEE o en una parte sustancial del mismo.

La gran mayoría de las fusiones notificadas no plantean problemas de competencia y se autorizan tras una revisión de rutina. Desde el momento en que se notifica una transacción, la Comisión generalmente tiene 25 días hábiles para decidir si otorga la aprobación (Fase I) o inicia una investigación en profundidad (Fase II).

Actualmente hay dos investigaciones de fusión de fase II en curso: (i) La propuesta de adquisición del negocio de níquel de Anglo American por parte de MMG y (ii) La propuesta de adquisición del control conjunto de TERCAT por parte de TIL y Hutchison Ports.

Para más información

Más información estará disponible en la Comisión página web del concurso, caso público registro bajo el número de caso M.11956.

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