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La Comisión da luz verde al Fondo Paneuropeo de Garantía para permitir una financiación de hasta 200 millones de euros para las empresas afectadas por el brote de coronavirus en 21 estados miembros

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La Comisión Europea consideró que la creación de un Fondo de Garantía Paneuropeo de 25 millones de euros gestionado por el Banco Europeo de Inversiones (BEI) para ayudar a las empresas afectadas por el brote de coronavirus se ajusta a las normas de ayuda estatal de la UE. Se espera que el fondo movilice hasta 200 millones de euros de financiación adicional para apoyar principalmente a las pequeñas y medianas empresas (PYME) afectadas por el brote en los 21 estados miembros participantes.

La vicepresidenta ejecutiva, Margrethe Vestager, a cargo de la política de competencia, dijo: “Se espera que el Fondo Paneuropeo de Garantía desbloquee 200 millones de euros de apoyo para las empresas europeas, en particular las pymes, que se han visto gravemente afectadas por esta crisis. El Fondo reúne el apoyo de 21 estados miembros y será administrado por el Banco Europeo de Inversiones y el Fondo Europeo de Inversiones. Complementa los planes nacionales de apoyo. Continuamos trabajando en estrecha colaboración con los Estados miembros y con las otras instituciones europeas para encontrar soluciones viables para mitigar el impacto económico del brote de coronavirus, al tiempo que preservamos la igualdad de condiciones en el mercado único ”.

Una economía que funciona para las personas El vicepresidente ejecutivo Valdis Dombrovskis dijo: “A lo largo de esta crisis, nuestro objetivo ha sido apoyar a las empresas de la UE tanto como sea posible, especialmente a las pymes. La decisión de hoy de la Comisión permite la plena operatividad del Fondo BEI, y la financiación ahora puede fluir en apoyo de las empresas de la UE que realmente lo necesitan. Esta es la tercera de las redes de seguridad acordadas por el Consejo. Los Estados miembros deberían utilizar las tres herramientas de crisis al máximo para apoyar a sus trabajadores y empresas, especialmente ahora durante la segunda ola de la pandemia ".

El Fondo Paneuropeo de Garantía

En abril de 2020, el Consejo Europeo aprobó el establecimiento de un Fondo de Garantía Paneuropeo bajo la gestión del Grupo del Banco Europeo de Inversiones, como parte de la respuesta general de la UE al brote de coronavirus. Es una de las tres redes de seguridad acordadas por el Consejo Europeo para mitigar el impacto económico en trabajadores, empresas y países.

El Fondo proporcionará garantías sobre instrumentos de deuda (como préstamos). Su objetivo es abordar de manera coordinada las necesidades de financiación de las empresas europeas (principalmente pymes) que se espera sean viables a largo plazo, pero que se enfrentan a dificultades en la actual crisis en Europa. El BEI y el Fondo Europeo de Inversiones («FEI») esperan movilizar hasta 200 XNUMX millones de euros de financiación adicional gracias al Fondo.

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Todos los Estados miembros tienen la opción de participar en el Fondo. Hasta el momento, 21 Estados miembros decidieron participar. Los Estados miembros participantes son Austria, Bélgica, Bulgaria, Croacia, Chipre, Dinamarca, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Irlanda, Italia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Eslovaquia, España y Suecia.

Las operaciones del Fondo serán garantizadas conjuntamente por los Estados miembros participantes con cargo a sus presupuestos nacionales. La contribución al Fondo de cada Estado miembro participante es proporcional a su contribución al capital del BEI. Estas aportaciones, que ascienden a 25 millones de euros en total, se materializan en garantías que cubrirán parte de las pérdidas sufridas por los beneficiarios en las operaciones apoyadas por el Fondo. Al poner en común el riesgo crediticio en todos los Estados miembros participantes, se puede maximizar el impacto global del Fondo, mientras que el coste medio del Fondo se reducirá significativamente en comparación con los sistemas nacionales.

El Fondo será administrado por el BEI y el FEI. Los Estados miembros participantes participarán en la gobernanza del Fondo a través del denominado Comité de Contribuyentes, que decidirá sobre el uso de la garantía. Tiene carácter temporal y podrá garantizar los préstamos concedidos hasta el 31 de diciembre de 2021.

Evaluación de las ayudas estatales de la Comisión

Los 21 estados miembros participantes notificaron a la Comisión sus respectivas contribuciones al Fondo de conformidad con las normas de la UE sobre ayudas estatales.

La Comisión evaluó el establecimiento del Fondo y las garantías sobre préstamos que debe otorgar el Fondo en virtud de Artículo 107 (3) (b) del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), que permite a la Comisión aprobar medidas de ayuda estatal implementadas por los estados miembros para remediar una perturbación grave en su economía.

La Comisión concluyó que el establecimiento del Fondo y las garantías de los préstamos que proporcionará el Fondo son compatibles con los principios establecidos en el Tratado de la UE y están bien orientados para remediar una perturbación grave en la economía de los Estados miembros participantes. En particular, (i) el Fondo es de naturaleza temporal; (ii) las garantías cubren hasta el 70-90% de los préstamos subyacentes; (iii) su vencimiento está limitado a 6 años; y (iv) los intermediarios financieros están obligados a traspasar la ventaja a los beneficiarios finales en la mayor medida posible.

La Comisión concluyó que las medidas de apoyo que proporcionará el Fondo contribuirán a gestionar el impacto económico del coronavirus en los 21 Estados miembros participantes. Son necesarios, apropiados y proporcionados para remediar una perturbación grave en la economía, de conformidad con el artículo 107, apartado 3, letra b), del TFUE y los principios generales establecidos en las ayudas estatales. Marco temporal.

Sobre esta base, la Comisión aprobó las medidas de ayuda con arreglo a las normas de la UE sobre ayudas estatales.

Antecedentes

En caso de situaciones económicas particularmente graves, como la que enfrentan actualmente todos los Estados miembros y el Reino Unido debido al brote de coronavirus, las normas sobre ayudas estatales de la UE permiten a los Estados miembros conceder ayuda para remediar una perturbación grave en su economía. Así lo prevé el artículo 107, apartado 3, letra b), del TFUE.

El 19 de marzo de 2020, la Comisión adoptó una ayuda estatal Marco temporal permitir a los Estados miembros utilizar toda la flexibilidad prevista en las normas sobre ayudas estatales para apoyar la economía en el contexto del brote de coronavirus.

El marco temporal complementa las muchas otras posibilidades que ya tienen los Estados miembros para mitigar el impacto socioeconómico del brote de coronavirus, de conformidad con las normas de la UE sobre ayudas estatales. El 13 de marzo de 2020, la Comisión adoptó un Comunicación sobre una respuesta económica coordinada al brote de COVID-19 exponiendo estas posibilidades. Por ejemplo, los estados miembros pueden hacer cambios generalmente aplicables a favor de las empresas (por ejemplo, diferiendo impuestos o subsidiando el trabajo a corto plazo en todos los sectores), que quedan fuera de las reglas de ayuda estatal. También pueden otorgar una compensación a las empresas por los daños sufridos y causados ​​directamente por el brote de coronavirus.

El marco temporal estará en vigor hasta finales de junio de 2021. Dado que los problemas de solvencia pueden materializarse solo en una etapa posterior a medida que evolucione esta crisis, para las medidas de recapitalización solo la Comisión ha prorrogado este período hasta finales de septiembre de 2021. Con miras a para garantizar la seguridad jurídica, la Comisión evaluará antes de esas fechas si es necesario ampliarla.

La versión no confidencial de la decisión estará disponible bajo los números de caso SA.58218, SA.58219, SA.58221, SA.58222, SA.58224, SA.58225, SA.58226, SA.58227, SA. 58228, SA.58229, SA.58230, SA.58232, SA.58233, SA.58235, SA.58236, SA.58237, SA.58238, SA.58239, SA.58242, SA.58243 y SA.58244 en la registro de ayudas estatales en la Comisión competencia sitio web una vez que cualquier problema de confidencialidad ha sido resuelto.

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