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La Comisión aprueba dos esquemas suecos para apoyar a las empresas afectadas por el brote de coronavirus y las medidas restrictivas relacionadas implementadas para limitar su propagación

La Comisión Europea ha aprobado, bajo las reglas de ayudas estatales de la UE, dos esquemas suecos para apoyar a las empresas afectadas por el brote de coronavirus y las medidas restrictivas relacionadas implementadas para limitar la propagación del coronavirus en mayo, junio y julio de 2020. El primer esquema, aprobado el sobre la base del artículo 107, apartado 2, letra b), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), es una prolongación, para el mes de mayo, de un plan existente para indemnizar a las empresas por los daños sufridos por el brote de coronavirus inicialmente aprobado por la Comisión en Junio 2020 (SA. 57372).
La prórroga del plan se financiará con el mismo presupuesto aprobado inicialmente de aproximadamente 3.7 millones de euros (39 millones de SEK). La medida apoyará a las empresas que hayan experimentado una disminución en la facturación neta total de al menos el 60% en el mes de mayo en comparación con la facturación neta total del mismo mes de 2019 (en el esquema inicial, la disminución de la facturación tenía que ser de al menos 30%). El segundo esquema, con un presupuesto estimado de aproximadamente 239 millones de euros (2.5 millones de coronas suecas), estará abierto a empresas suecas que podrían reanudar sus operaciones en junio y julio de 2020, pero que aún debían enfrentar una disminución de la facturación debido a la situación económica y general. medidas de seguridad y salud que limitan el acceso de los clientes.
Este segundo régimen fue aprobado en el marco de las ayudas estatales Marco temporal. El propósito de esta medida es facilitar el acceso de los beneficiarios al financiamiento y mitigar la escasez de liquidez que aún enfrentan como consecuencia de la crisis actual. En ambos sistemas, la ayuda adoptará la forma de subvenciones directas para cubrir parte de los costes fijos de los beneficiarios.
La Comisión constató que el primer régimen está en consonancia con el artículo 107, apartado 2, letra b), del TFUE, que permite a la Comisión aprobar medidas de ayuda estatal concedidas por los Estados miembros para compensar a empresas o sectores específicos (en forma de regímenes) por los daños causados directamente por las medidas restrictivas tomadas por los gobiernos debido a hechos excepcionales, como el brote de coronavirus.
El segundo plan se ajusta a las condiciones establecidas en el Marco temporal. En particular, la ayuda (i) no superará los 800,000 euros por empresa, y (ii) se concederá antes del 31 de diciembre de 2020. La Comisión concluyó que la medida es necesaria, adecuada y proporcionada para remediar una perturbación grave en la economía de un país. Estado miembro, de conformidad con el artículo 107, apartado 3, letra b), del TFUE y las condiciones establecidas en el marco temporal.
Sobre esta base, la Comisión aprobó ambas medidas con arreglo a las normas de la UE sobre ayudas estatales. Se puede encontrar más información sobre el marco temporal y otras acciones tomadas por la Comisión para abordar el impacto económico de la pandemia de coronavirus. aquí. Las versiones no confidenciales de las decisiones estarán disponibles bajo los números de caso SA.58631 y SA.58822 en el registro de ayudas estatales en la Comisión competencia sitio web.
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