Contáctenos

EU

La Comisión celebra diez años de cooperación judicial y policial entre los Estados miembros

COMPARTIR:

Publicado

on

Usamos tu suscripción para ofrecerte contenido según tus preferencias y para comprenderte mejor. Puedes darte de baja en cualquier momento.

Hoy (1 diciembre) en la Casa de la Historia Europea, la presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, celebró el décimo aniversario de la entrada en vigor del Tratado de Lisboa. 1 Diciembre 2019 también marca diez años desde que la cooperación de la UE en materia de fronteras, migración, justicia y seguridad interna es una política de la Unión en toda regla.

Con el Tratado de Lisboa, los Estados miembros crearon un Área de Libertad, Seguridad y Justicia, en la que las personas pueden moverse libremente y, a la vez, mantenerse a salvo de la delincuencia y proteger sus intereses ante los tribunales. El Tratado de Lisboa ha permitido:

El Tratado de Lisboa se firmó el 13 diciembre 2007 y entró en vigor el 1 diciembre 2009.

El entonces nuevo Tratado permitió la transición completa de un enfoque intergubernamental a la cooperación judicial y policial (el llamado 3rd Pilar del Tratado de Maastricht) a un enfoque basado en la Unión. También preveía un período de transición de 5 años, después del cual los poderes de ejecución de la Comisión Europea bajo Artículo 258 TFUE consolidado para cubrir la legislación de la UE anterior y posterior a Lisboa. Según los Tratados, Dinamarca, Irlanda y el Reino Unido disfrutan de un estatus especial en el Área de Libertad, Seguridad y Justicia.

Con la entrada en vigor del Tratado de Lisboa, el Carta de los Derechos Fundamentales de la UE se volvió legalmente vinculante. Desde entonces, los individuos disfrutan y pueden hacer cumplir los derechos personales, cívicos, políticos, económicos y sociales consagrados en él.

Más información

Tratado de Lisboa: Título V - Un espacio de libertad, seguridad y justicia

Protocolo 19: Integrando el acervo de Schengen en el Derecho de la Unión Europea

Protocolo 21: Sobre la posición del Reino Unido y la República de Irlanda en el espacio de libertad, seguridad y justicia

Protocolo 22: Sobre la posición del Reino de Dinamarca en el espacio de libertad, seguridad y justicia

Protocolo 36: Proporcionar medidas transitorias en el ámbito de la cooperación policial y la cooperación judicial en materia penal

Comparte este artículo:

Compartir:
EU Reporter publica artículos de diversas fuentes externas que expresan una amplia gama de puntos de vista. Las posturas expresadas en estos artículos no reflejan necesariamente las de EU Reporter. Consulte la información completa de EU Reporter. Términos y condiciones de publicación Para más información, EU Reporter adopta la inteligencia artificial como herramienta para mejorar la calidad, la eficiencia y la accesibilidad periodísticas, manteniendo al mismo tiempo una estricta supervisión editorial humana, estándares éticos y transparencia en todo el contenido asistido por IA. Consulte el contenido completo de EU Reporter. Política de IA para más información.

Tendencias