EU
Ayuda estatal: la Comisión adopta un nuevo aviso sobre la recuperación de #StateAid ilegal
La Comisión Europea ha adoptado un nuevo aviso sobre la implementación de las decisiones de la Comisión que ordenan a los estados miembros recuperar las ayudas estatales ilegales e incompatibles (el Aviso de Recuperación).
El nuevo Aviso de recuperación reemplaza al Aviso de recuperación de 2007. Como aviso de recuperación de 2007, el nuevo aviso está dirigido principalmente a las autoridades de los estados miembros a cargo de implementar las decisiones de la Comisión que ordenan la recuperación de la ayuda estatal ilegal. Explica las normas y procedimientos europeos que rigen la recuperación de la ayuda estatal y cómo la Comisión trabaja con los estados miembros para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones con respecto a la recuperación.
Desde la adopción de la Aviso de recuperación de 2007 La práctica de la Comisión y la jurisprudencia de los tribunales de la Unión han evolucionado. El nuevo Aviso de recuperación hace un balance de esos desarrollos. Explica con más detalle cómo la Comisión puede ayudar a los Estados miembros durante la fase de recuperación, por ejemplo, organizando reuniones de lanzamiento, así como compartiendo documentos y planes de métodos de trabajo.
Además, en comparación con el Aviso existente, el nuevo Aviso proporciona orientación específica a los Estados miembros sobre la cuantificación de la ayuda que se recuperará y sobre la identificación de los "beneficiarios", es decir, las empresas que se beneficiaron de la ayuda estatal ilegal. También incluye secciones específicas con explicaciones detalladas sobre cómo implementar la recuperación en caso de exenciones fiscales, procedimientos de insolvencia y reestructuración.
Finalmente, un nuevo punto de contacto está disponible para consultas: estado de recuperación de compensación[email protected].
El nuevo Aviso de Recuperación tiene en cuenta los comentarios recibidos en un Consulta pública Eso terminó en abril 2019. La Comisión también ha consultado a los Estados miembros y al Órgano de Vigilancia de la AELC.
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