EU
#NorteKorea: UE alinea sanciones con la última resolución del Consejo de Seguridad de la ONU
El Consejo aumentó las medidas restrictivas contra la República Popular Democrática de Corea (RPDC) al finalizar la transposición al Derecho de la UE de las medidas impuestas por la última resolución 2397 (2017) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.
Las medidas transpuestas hoy (26 febrero) incluyen:
El fortalecimiento de la prohibición de exportar a la RPDC de todos los productos petrolíferos refinados mediante la reducción de la cantidad de barriles que pueden exportarse de 2 millones de barriles a 500,000 barriles por año;
una prohibición de las importaciones de la República Popular Democrática de Corea de alimentos y productos agrícolas, maquinaria, equipo eléctrico, tierra y piedra, y madera;
una prohibición de las exportaciones a la RPDC de toda la maquinaria industrial, vehículos de transporte y expansión a todo el hierro, el acero y otros metales;
otras medidas restrictivas marítimas contra los buques cuando haya motivos razonables para creer que el buque ha estado involucrado en la violación de las sanciones de la ONU, y;
el requisito de repatriar a todos los trabajadores de la RPDC en el extranjero dentro de los meses de 24, sujeto a la legislación nacional e internacional aplicable.
La prohibición completa de la exportación de petróleo crudo prevista en la resolución 2397 (2017) ya se había introducido en la UE en 16 October 2017.
Cuando adoptó las medidas, el Consejo de Seguridad de la ONU reafirmó en su resolución 2397 (2017) que la proliferación de armas nucleares, químicas y biológicas, así como sus medios de distribución, constituyen una amenaza para la paz y la seguridad internacionales. La UE ha expresado reiteradamente su expectativa de que la RPDC participe en un diálogo creíble y significativo con el objetivo de lograr la desnuclearización completa, verificable e irreversible de la Península de Corea.
Los actos jurídicos adoptados hoy por el Consejo también tuvieron en cuenta que las Naciones Unidas incluyeron en la lista a las personas 3 y a una entidad enumerada por la UE de forma autónoma. El número de personas y entidades sometidas a medidas restrictivas contra la RPDC son las personas 79 y las entidades 54 enumeradas por las personas de las Naciones Unidas y 55 y las entidades 9 designadas por la UE de forma autónoma.
Los listados adicionales impuestos por la resolución 2397 (2017) del CSNU se transpusieron a la legislación de la UE en 8 January 2018. La UE había agregado personas 17 adicionales a su propia lista de sanciones en 22 January 2018.
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