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#Antitrust: La Comisión multa a los productores de camiones 2.93 millones de euros para participar en un cartel

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id-2957534-dsc00301-100600995-origLa Comisión Europea ha descubierto que MAN, Volvo / Renault, Daimler, Iveco y DAF infringieron las normas antimonopolio de la UE. Estos fabricantes de camiones se coludieron durante 14 años sobre los precios de los camiones y sobre la transferencia de los costos del cumplimiento de las normas de emisiones más estrictas. La Comisión ha impuesto una multa récord de 2,926,499,000 €.

MAN no fue multada porque reveló a la Comisión la existencia del cartel. Todas las empresas reconocieron su participación y acordaron resolver el caso.

La comisionada de Competencia, Margrethe Vestager, dijo: “Hoy hemos marcado un hito al imponer multas récord por una infracción grave. En total, hay más de 30 millones de camiones en las carreteras europeas, que representan alrededor de las tres cuartas partes del transporte terrestre de mercancías en Europa y desempeñan un papel vital para la economía europea. No es aceptable que MAN, Volvo / Renault, Daimler, Iveco y DAF, que en conjunto representan alrededor de 9 de cada 10 camiones medianos y pesados ​​producidos en Europa, fueran parte de un cartel en lugar de competir entre sí. Durante 14 años se confabularon en los precios y en la transferencia de los costos para cumplir con los estándares ambientales a los clientes. Este también es un mensaje claro para las empresas de que los cárteles no son aceptados ".

El transporte por carretera es una parte esencial del sector del transporte europeo y su competitividad depende de los precios de los vehículos utilizados por los transportistas. La decisión de hoy se refiere específicamente al mercado de la fabricación de camiones medianos (entre seis y 16 toneladas) y camiones pesados ​​(que pesan más de 16 toneladas). La investigación de la Comisión reveló que MAN, Volvo / Renault, Daimler, Iveco y DAF habían participado en un cartel relacionado con:

  • Coordinación de precios a nivel de "lista bruta" para camiones medianos y pesados ​​en el Espacio Económico Europeo (EEE). El nivel de precios de la "lista bruta" se refiere al precio de fábrica de los camiones, establecido por cada fabricante. Generalmente, estos precios de lista brutos son la base para la fijación de precios en la industria de camiones. El precio final pagado por los compradores se basa en ajustes adicionales, realizados a nivel nacional y local, a estos precios de lista brutos.
  • El momento para la introducción de tecnologías de emisión para que los camiones medianos y pesados ​​cumplan con las cada vez más estrictas normas de emisiones europeas (desde Euro III hasta la Euro VI vigente en la actualidad).
  • La transferencia a los clientes de los costes de las tecnologías de emisiones. requeridos para cumplir con las cada vez más estrictas normas de emisiones europeas (desde Euro III hasta el Euro VI actualmente aplicable).

La infracción abarcó todo el EEE y duró 14 años, desde 1997 hasta 2011, cuando la Comisión llevó a cabo inspecciones sin previo aviso de las empresas. Entre 1997 y 2004, se celebraron reuniones a nivel de altos directivos, a veces al margen de ferias comerciales u otros eventos. Esto se complementó con conversaciones telefónicas. A partir de 2004, el cartel se organizó a través de las filiales alemanas de los productores de camiones, y los participantes generalmente intercambiaban información por vía electrónica.

Durante los 14 años, las discusiones entre las empresas cubrieron los mismos temas, a saber, los respectivos aumentos de precios de "lista bruta", el momento para la introducción de nuevas tecnologías de emisiones y la transferencia a los clientes de los costos de las tecnologías de emisiones.

La decisión de hoy (19 de julio) sigue al envío de un pliego de cargos a los productores de camiones en 2014 noviembre. En el contexto de esta investigación, también se abrieron procedimientos con respecto a Scania. Scania no está cubierta por esta decisión de transacción y, por lo tanto, la investigación continuará bajo el procedimiento estándar de cartel (no conciliación) para esta empresa.

Cumplimiento de estándares de emisiones

La colusión identificada por la Comisión se refería a las nuevas tecnologías de emisión requeridas por las normas medioambientales Euro III a Euro VI, específicamente la coordinación sobre el calendario y la coordinación de la transmisión de los costes de las tecnologías de emisión para camiones que cumplen con las normas de emisiones recientemente introducidas. La colusión no tenía como objetivo evitar o manipular el cumplimiento de los nuevos estándares de emisiones.

La investigación de la Comisión no reveló ningún vínculo entre este cartel y las acusaciones o prácticas sobre eludir el sistema anticontaminación de ciertos vehículos (comúnmente denominados "dispositivos de desactivación").

La decisión de hoy subraya la importancia de un mercado competitivo que funcione para fomentar el desarrollo y la difusión de tecnologías rentables de bajas emisiones, que es uno de los elementos de la próxima Estrategia europea para la movilidad de bajas emisiones.

Multas

Las multas se fijaron sobre la base de la Directrices de 2006 de la Comisión sobre multas (ver prensa liberar y MEMO).

Al establecer el nivel de las multas, la Comisión tuvo en cuenta las ventas de camiones medianos y pesados ​​de las respectivas empresas en el EEE, así como la gravedad de la infracción, la alta cuota de mercado combinada de las empresas, el alcance geográfico y la duración del cartel.

Bajo la Comisión 2006 Comunicación sobre la cooperaciónMAN recibió total inmunidad por revelar la existencia del cartel, evitando así una multa de alrededor de 1.2 millones de euros. Por su cooperación con la investigación, Volvo / Renault, Daimler e Iveco se beneficiaron de reducciones de sus multas en virtud de la Comunicación de clemencia de 2006. Las reducciones reflejan el momento de su cooperación y la medida en que las pruebas que proporcionaron ayudaron a la Comisión a probar la existencia del cartel.

Bajo la Comisión 2008 Notificación del Acuerdo, la Comisión aplicó una reducción del 10% a las multas impuestas por el reconocimiento de las partes de su participación en el cartel y de su responsabilidad al respecto.

Las multas totales impuestas son las siguientes:

Reducción conforme a la Comunicación Reducción en virtud de la Notificación del Acuerdo Fine (€)
HOMBRE 100% 10% 0
Volvo / Renault 40% 10% 670 448 000
Daimler 30% 10% 1 008 766 000
Iveco 10% 10% 494 606 000
DAF 10% 752 679 000
Total 2 926 499 000

 

Antecedentes

Artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) y el artículo 53 del Acuerdo EEE prohíben los cárteles y otras prácticas comerciales restrictivas.

La investigación de la Comisión comenzó con una solicitud de inmunidad presentada por MAN. En enero de 2011, la Comisión llevó a cabo inspecciones sin previo aviso (ver MEMO / 11 / 29).

Más información estará disponible en la Comisión competencia página web, en el público caso registro bajo el número de caso 39824, una vez que se hayan resuelto los problemas de confidencialidad.

Más información sobre la acción de la Comisión contra los cárteles está disponible en su carteles sitio web, incluido un lista de los diez más altos multas de cártel por caso. Las nuevas decisiones sobre política de competencia se enumeran en el boletín electrónico. Competencia electrónico semanal Noticias.

El procedimiento de solución

La decisión de hoy es el 21º acuerdo desde la introducción de este procedimiento para cárteles en junio de 2008 (ver comunicado de prensa y MEMO). En un acuerdo, las empresas reconocen su participación en un cartel y su responsabilidad por ello. Los asentamientos se basan en Antimonopolio Reglamento 1 / 2003 y permitir que la Comisión aplique un procedimiento simplificado y abreviado. Esto permite a la Comisión tomar decisiones rápidamente y libera recursos para hacer frente a otros cárteles sospechosos. También beneficia a las propias partes en términos de decisiones más rápidas y una reducción del 10% en las multas.

Demanda de indemnización de daños

Cualquier persona o empresa afectada por un comportamiento anticompetitivo como se describe en este caso puede llevar el asunto ante los tribunales de los Estados miembros y reclamar una indemnización. Tanto la jurisprudencia del Tribunal como el Reglamento 1/2003 del Consejo confirman que en los casos ante los tribunales nacionales, una decisión de la Comisión constituye una prueba vinculante de que el comportamiento tuvo lugar y fue ilegal. A pesar de que la Comisión ha multado a las empresas afectadas, se pueden conceder daños y perjuicios sin reducción a cuenta de la multa de la Comisión.

El Directiva daños en este campo, que los Estados miembros deben implementar en sus sistemas legales antes del 27 de diciembre de 2016, más fácil para las víctimas de las prácticas contrarias a la competencia para la obtención de daños. Más información sobre reparación de daños y perjuicios, incluyendo una guía práctica sobre cómo cuantificar el daño defensa de la competencia, está disponible aquí.

Volvo llega a un acuerdo con la Comisión Europea

Volvo Group ha llegado a un acuerdo con la Comisión Europea. Como parte del acuerdo, Volvo pagará una multa de 670 millones de euros correspondientes a 6.3 millones de SEK. El importe está cubierto principalmente por las provisiones realizadas en 2014 y 2016, por un total de 650 millones de euros (6.1 millones de SEK). Una provisión adicional tendrá un impacto negativo de EUR 20 M (SEK 0.2bn) en los ingresos operativos en el tercer trimestre de 2016.

“El caso de la Comisión llevaba ya más de cinco años en marcha. Sin el acuerdo, nos habríamos enfrentado a muchos más años de procedimientos, con un resultado incierto. Ahora podemos mirar hacia adelante y centrarnos en nuestro negocio ”, dijo el presidente y director ejecutivo de Volvo, Martin Lundstedt. "Nos esforzamos por ser una empresa líder en el mundo porque competimos con los mejores productos y servicios y los mejores empleados".

La investigación antimonopolio se refiere al período comprendido entre 1997 y enero de 2011 e involucra a Volvo Group como uno de los 6 fabricantes. El punto central del caso es la coordinación de los precios de lista brutos, pero también la introducción de nuevas tecnologías relacionadas con las emisiones.

“Si bien lamentamos lo sucedido, estamos convencidos de que estos eventos no han impactado a nuestros clientes. Volvo Group siempre ha competido por cada transacción ”, añadió Lundstedt.

“Nos hemos tomado estos hechos muy en serio desde el principio y nuestra cooperación total con la Comisión resultó en una reducción muy sustancial de la multa”.

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