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Cielo único europeo: la Comisión insta a Alemania, Bélgica, Francia, los Países Bajos y Luxemburgo a tomar medidas decisivas hacia el espacio aéreo común

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vaporHoy (16 de abril), la Comisión ha solicitado formalmente a Alemania, Bélgica, Francia, los Países Bajos y Luxemburgo que mejoren su Bloque de espacio aéreo funcional (FAB), un espacio aéreo común dispuesto alrededor de los flujos de tráfico en lugar de las fronteras estatales. Los FAB son un paso crucial hacia un sistema de aviación más eficiente, menos costoso y menos contaminante en Europa.

El vicepresidente de la Comisión, Siim Kallas, responsable de transporte, dijo: "Tenemos que superar finalmente las fronteras nacionales en el espacio aéreo europeo. Los FAB son un componente necesario y vital del cielo único europeo. En este momento, estos espacios aéreos comunes solo existen en el papel; están formalmente establecidos pero aún no son funcionales. Insto a los Estados miembros a intensificar sus ambiciones e impulsar la implementación del Cielo Único ".

Todos los Estados miembros deberían haber implementado sus FAB antes del 4 de diciembre de 2012 de acuerdo con Reglamento (CE) no 550 / 2004. El FAB entre Alemania, Bélgica, Francia, los Países Bajos, Luxemburgo y Suiza (FABEC) se ha establecido formalmente mediante un acuerdo estatal que entró en vigor el 1 de junio de 2013. Sin embargo, el progreso en la reorganización de todo el espacio aéreo involucrado ha sido lento, lo que provoca retrasos, el consumo de más combustible y por tanto más emisiones de GEI. El progreso en la rentabilidad de los servicios de navegación aérea ha sido igualmente insuficiente, lo que se traduce en más dinero cobrado a las aerolíneas. En consecuencia, es necesario seguir trabajando para garantizar la optimización de los servicios de navegación aérea y el uso del espacio aéreo, independientemente de las fronteras nacionales. Las cartas de notificación formal de hoy piden a esos Estados miembros que implementen este trabajo adicional.

La falta de progreso en los FAB está frenando la implementación del Cielo Único Europeo de la UE en un grado significativo, lo que a su vez genera ineficiencias en toda la Gestión del Tráfico Aéreo Europeo en el rango de alrededor del 30 al 40% de los costos y tarifas totales de navegación aérea. recaudado en Europa. Esto representa una pérdida de unos 5 XNUMX millones de euros anuales. Además, las mejoras de seguridad previstas en el cielo único europeo han sufrido un impacto negativo.

Antecedentes

Según la legislación del Cielo Único Europeo, las organizaciones nacionales de control de tráfico aéreo deberían trabajar juntas en nueve bloques regionales de espacio aéreo (Bloques funcionales de espacio aéreo) para ganar eficiencia, reducir costos y reducir emisiones. La configuración de estos bloques comunes de espacio aéreo se organiza alrededor de los flujos de tráfico en lugar de los límites estatales, lo que conduce a mejoras de rendimiento.

El sistema de FAB es una piedra angular hacia un espacio aéreo único que reduce la fragmentación a lo largo de las fronteras nacionales en la gestión del tráfico aéreo. Los beneficios de una configuración adecuada de FAB son los siguientes:

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  • Normas de seguridad más altas: al permitir que los aviones vuelen sin tratar con los cruces fronterizos, los FAB eliminarán el riesgo de interferencia fronteriza e inconsistencias nacionales en los procedimientos de seguridad.
  • Costos reducidos y consumo de combustible: al permitir que los aviones vuelen líneas más rectas a mejores altitudes, se espera que los FAB ahorren combustible y reduzcan los retrasos. Esto a su vez mejorará el servicio prestado a los pasajeros, traerá beneficios al medio ambiente tanto en términos de ruido como de emisiones, y reducirá el costo de volar, por una suma de miles de millones de euros anuales.

Estos beneficios significan que los FAB son absolutamente esenciales para el éxito del cielo único europeo de la UE y un componente importante del mercado único, que permite a los ciudadanos viajar, vivir y trabajar libremente en cualquier lugar de la UE.

El artículo 9a del Reglamento (CE) no 550/2004 ordenó la implementación completa de los FAB tal como se define en el artículo 2 (25) del Reglamento (CE) no 549/2004 por todos los Estados miembros de la UE antes del 4 de diciembre de 2012, con la obligación reguladora de permitir uso óptimo del espacio aéreo en capacidad y eficiencia de vuelo, así como la obligación de ofrecer servicios de navegación aérea optimizados en toda la UE.

Próximos pasos

FABEC es el primer FAB en el que los Estados miembros reciben cartas de notificación formal de la Comisión por estos motivos. Sin embargo, otros FAB no cumplen totalmente con el Reglamento (CE) no 550/2004 (DANUBE, BLUEMED, FABCE, SOUTHWEST, UK-IRELAND, BALTIC) y se está considerando activamente las cartas de aviso formal con respecto a estos FAB en el próximos meses

Después de la publicación de las cartas de notificación formal, los Estados miembros tienen dos meses para reaccionar y enviar sus consideraciones. Sobre esta base, la Comisión Europea puede o no emitir un dictamen motivado de conformidad con el artículo 258 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

Más información

En las decisiones de paquetes infracción de abril, consulte MEMO / 14 / 293
En el procedimiento de infracción en general, véase MEMO / 12 / 12
Más información sobre procedimientos de infracción
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EU Reporter publica artículos de una variedad de fuentes externas que expresan una amplia gama de puntos de vista. Las posiciones adoptadas en estos artículos no son necesariamente las de EU Reporter.

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