Oportunidades de Empleo
Empleo: Comisión celebra el acuerdo del Consejo relativa a la aplicación del control de seguridad de los trabajadores desplazados
El Comisario de Empleo, Asuntos Sociales e Inclusión, László Andor, ha acogido con satisfacción el acuerdo del 9 de diciembre del Consejo de Ministros de Empleo y Política Social de la UE sobre el llamado "enfoque general" de la propuesta de Directiva sobre la aplicación del desplazamiento de trabajadores. La Comisión presentó su propuesta en marzo de 2012 (ver IP / 12 / 267).
El Comisario László Andor dijo: "La Comisión acoge con gran satisfacción el enfoque general acordado hoy por el Consejo sobre nuevas normas para hacer cumplir las salvaguardias contra el dumping social establecidas en la Directiva sobre trabajadores desplazados. Existe una necesidad urgente de reforzar las salvaguardias en las normas de la UE para garantizar que los derechos de los trabajadores desplazados se respeten en la práctica y permitir que las empresas europeas operen con mayor seguridad y transparencia legal. Ahora insto al Parlamento Europeo y al Consejo a que adopten definitivamente la Directiva lo antes posible ".
Con respecto a los requisitos administrativos y las medidas de control nacional, uno de los elementos más importantes de la propuesta, el texto acordado por el Consejo logra un equilibrio entre la necesidad de garantizar la seguridad jurídica y la transparencia para los proveedores de servicios, reconociendo al mismo tiempo la competencia de los Estados miembros.
Con respecto a la protección de los derechos de los trabajadores en las relaciones de subcontratación directa, el texto acordado por el Consejo reconoce la importancia de la responsabilidad del contratista al respecto, al tiempo que permite a los Estados miembros cierta flexibilidad para mantener las medidas adecuadas necesarias, respetando así los diferentes modelos sociales. y sistemas de relaciones laborales existentes en los países de la UE.
Antecedentes
El texto actual, si es adoptado por el Parlamento Europeo y el Consejo, ayudaría a mejorar la implementación, aplicación y ejecución efectivas en la práctica de la Directiva existente sobre desplazamiento de trabajadores (Directiva 96 / 71 / CE) que establece una serie de salvaguardas para proteger los derechos sociales de los trabajadores desplazados y evitar el dumping social. En particular, la Directiva de aplicación:
- Establecer normas más ambiciosas para sensibilizar a los trabajadores y las empresas sobre sus derechos y obligaciones en relación con los términos y condiciones de empleo;
- establecer reglas para mejorar la cooperación entre las autoridades nacionales encargadas de la publicación (obligación de responder a las solicitudes de asistencia de las autoridades competentes de otros Estados miembros; un límite de dos días hábiles para responder a solicitudes urgentes de información y un límite de días hábiles 25 para solicitudes urgentes);
- aclarar la definición de desplazamiento, con el fin de evitar la multiplicación de empresas "buzón" que no ejercen ninguna actividad económica real en el Estado miembro de origen, sino que utilizan el desplazamiento para eludir la ley, y;
- definir las responsabilidades de los estados miembros para verificar el cumplimiento de las reglas establecidas en la Directiva de 1996 (los estados miembros tendrían que designar autoridades de ejecución específicas responsables de verificar el cumplimiento; obligación de los estados miembros donde los proveedores de servicios están establecidos de tomar las medidas necesarias de supervisión y ejecución y el medidas de inspección que deben tomar.
- Requerir empresas de publicación:
- designar a una persona de contacto para que se vincule con las autoridades encargadas de hacer cumplir la ley para declarar su identidad, el número de trabajadores a ser despedidos, las fechas de inicio y finalización del envío y su duración, la dirección del lugar de trabajo y la naturaleza de los servicios;
- mantener documentos básicos disponibles como contratos de trabajo, recibos de sueldo y hojas de tiempo de trabajadores desplazados;
- mejorar la observancia de los derechos y el manejo de las quejas, al exigir que los estados miembros anfitriones y de origen se aseguren de que los trabajadores desplazados, con el apoyo de los sindicatos y otros terceros interesados, puedan presentar quejas y tomar medidas legales y / o administrativas contra sus empleadores si no se respetan sus derechos, y;
- Garantizar que las sanciones y multas administrativas impuestas a los proveedores de servicios por las autoridades de ejecución de un estado miembro por incumplimiento de los requisitos de la Directiva de 1996 puedan aplicarse y recuperarse en otro estado miembro. Las sanciones por incumplimiento de la Directiva deben ser efectivas, proporcionadas y disuasorias.
Más información
Sitio web de la DG Empleo sobre el desplazamiento de trabajadores
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