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Economía digital

La privacidad y la protección de datos 'pueden restaurar la confianza del consumidor en la sociedad digital'

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article_linking_lgLa propuesta de la Comisión Europea sobre la armonización de los servicios de comunicaciones electrónicas en toda la UE limitará indebidamente la libertad de Internet, dice el Supervisor Europeo de Protección de Datos (SEPD). En su dictamen, el SEPD acoge con satisfacción la inclusión del principio de neutralidad de la red - la transmisión imparcial de información en Internet - en el texto, pero también dijo que carece de sustancia debido al derecho casi ilimitado de los proveedores a gestionar el tráfico de Internet. .

Peter Hustinx, SEPD, dijo: "Cualquier seguimiento y restricción de la actividad de los usuarios en Internet debe realizarse únicamente para lograr un objetivo específico, legítimo y específico. El seguimiento y la restricción a gran escala de las comunicaciones por Internet de los usuarios en esta propuesta es contraria a La legislación de protección de datos de la UE, así como la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE. Tal interferencia con los derechos a la protección de datos personales, la confidencialidad de las comunicaciones y la privacidad hará poco para restaurar la confianza del consumidor en el mercado de las comunicaciones electrónicas en Europa ".

La propuesta promueve medidas de gestión del tráfico que permitan el seguimiento de las comunicaciones de los usuarios en Internet, incluidos los correos electrónicos enviados o recibidos, los sitios web visitados y los archivos descargados para filtrar, ralentizar o restringir el acceso a servicios o contenidos ilegales.

El SEPD advirtió contra el uso de estas medidas altamente intrusivas a la privacidad bajo el amplio paraguas de la prevención del delito o para filtrar contenidos ilegales con arreglo a la legislación nacional o de la UE, ya que no es compatible con el principio de una Internet abierta.

La confianza en nuestro entorno digital en los próximos años depende de nuestra capacidad para proporcionar infraestructuras legales y técnicas que puedan generar y preservar la confianza en la Sociedad Digital. Esta confianza ya se ha visto seriamente minada recientemente por varios escándalos de vigilancia.

Para restablecer la confianza de los consumidores en el mercado de las comunicaciones electrónicas en la UE, los usuarios deben estar seguros de que se respetan sus derechos a la privacidad, la confidencialidad de sus comunicaciones y la protección de su información personal. El SEPD insta a la Comisión a esbozar razones más precisas por las que se pueden aplicar medidas de gestión del tráfico. Cualquier interferencia con sus derechos debe comunicarse claramente a los usuarios, permitiéndoles cambiar a aquellos proveedores que apliquen técnicas de gestión del tráfico menos invasivas de la privacidad en sus servicios.

Además, el SEPD dice que la supervisión de cualquier aplicación de medidas de gestión del tráfico por parte de los proveedores debería incluir un papel más importante para las autoridades nacionales de protección de datos para garantizar que se respeten plenamente los derechos de privacidad y protección de datos de los usuarios.

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Información general

El 11 de septiembre de 2013, la Comisión Europea adoptó una propuesta de reglamento por el que se establecen medidas relativas al mercado único europeo de las comunicaciones electrónicas y para lograr un continente conectado. Entre otras medidas, la propuesta simplifica los requisitos para que los proveedores de comunicaciones ofrezcan servicios en la UE, estandariza las características de los productos que permiten el acceso virtual a redes fijas y armoniza los derechos de los usuarios finales, como los relacionados con la Internet abierta, así como como información contractual y precontractual. El dictamen del SEPD se centra principalmente en el efecto que la propuesta puede tener sobre los derechos de los usuarios finales desde una perspectiva de privacidad y protección de datos.

protección de datos y privacidad son derechos fundamentales en la UE. La protección de datos es un derecho fundamental, protegido por la legislación europea y consagrado en el artículo 8 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

Más concretamente, las normas de protección de datos en la UE, así como las obligaciones del SEPD, se establecen en Reglamento (CE) no 45/2001. Una de las funciones del SEPD es asesorar a la Comisión Europea, el Parlamento Europeo y el Consejo sobre propuestas de nueva legislación y una amplia gama de otras cuestiones que tienen un impacto en la protección de datos. Además, las instituciones y organismos de la UE que procesan datos personales que presentan riesgos específicos para los derechos y libertades de las personas («interesados») están sujetos a un control previo por parte del SEPD.

Información o datos personales: cualquier información relacionada con una persona física (viva) identificada o identificable. Los ejemplos incluyen nombres, fechas de nacimiento, fotografías, secuencias de video, direcciones de correo electrónico y números de teléfono. Otros detalles, como las direcciones IP y el contenido de las comunicaciones, relacionados o proporcionados por los usuarios finales de los servicios de comunicaciones, también se consideran datos personales.

Privacidad: el derecho de un individuo a ser dejado solo y en el control de la información acerca de él o ella misma. El derecho a la intimidad o vida privada está consagrado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos (artículo 12), el Convenio Europeo de Derechos Humanos (artículo 8) y la Carta Europea de los Derechos Fundamentales (artículo 7). La Carta también contiene un derecho explícito a la protección de datos personales (artículo 8).

Neutralidad de la red: La neutralidad de la red se refiere al principio de que los proveedores de servicios de Internet o los gobiernos no deben restringir ni interferir con el acceso de los usuarios a Internet. En su lugar, deberían permitir el acceso a todo el contenido y las aplicaciones independientemente de la fuente, el usuario, el contenido, el sitio, la plataforma, la aplicación, el tipo de equipo adjunto y los modos de comunicación.

Tráfico de Internet / en línea: el tráfico de Internet es el flujo de datos a través de Internet, en otras palabras, el uso de Internet en un momento dado, como el acceso a una página web.

Gestión del tráfico de Internet: los proveedores de servicios de Internet pueden bloquear o filtrar el tráfico, por ejemplo, para restringir el acceso de los empleados a contenido que no se considera apropiado para el trabajo, para restringir el acceso a contenido o servicios objetables, para degradar el acceso en caso de congestión, y para prevenir o responder a ataques a la seguridad.

El Supervisor Europeo de Protección de Datos (SEPD) es una autoridad de supervisión independiente dedicada a proteger los datos personales y la privacidad y promover las buenas prácticas en las instituciones y órganos de la UE. Lo hace por:

  • Seguimiento del procesamiento de datos personales por parte de la administración de la UE;
  • asesorar sobre políticas y legislación que afectan la privacidad, y;
  • cooperar con autoridades similares para garantizar una protección de datos coherente.

La Dictamen del SEPD.

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EU Reporter publica artículos de una variedad de fuentes externas que expresan una amplia gama de puntos de vista. Las posiciones adoptadas en estos artículos no son necesariamente las de EU Reporter.

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