Energía nuclear
La Comisión aprueba una medida de ayuda estatal belga para apoyar la ampliación de la vida útil de dos reactores nucleares

Tras una investigación en profundidad, la Comisión Europea ha aprobado, de conformidad con las normas de la UE sobre ayudas estatales, una medida de apoyo belga revisada para la ampliación de la vida útil de dos reactores nucleares, Doel 4 y Tihange 3.
La medida belga
Según la ley belga de 2003 sobre el desmantelamiento de la energía nuclear, los siete reactores nucleares del país debían cerrarse antes de 2025. En marzo de 2022, en vista de las preocupaciones sobre la seguridad del suministro en el contexto de la crisis energética y la guerra de agresión rusa contra Ucrania, el gobierno federal belga decidió mantener abiertas las dos centrales nucleares belgas más nuevas, Doel 4 y Tihange 3, durante diez años más.
En junio de 2024, Bélgica notificó a la Comisión su plan para apoyar la ampliación de la vida útil de dos reactores nucleares, con una capacidad de generación de electricidad de hasta 2000 MW.
On 22 de julio de 2024La Comisión abrió una investigación exhaustiva para evaluar la necesidad, la idoneidad y la proporcionalidad de la medida. La Comisión tenía dudas sobre el diseño del contrato por diferencias (CfD) y la proporcionalidad de la (combinación de) disposiciones financieras, que podrían haber liberado a los beneficiarios de una parte demasiado grande del riesgo, así como sobre la proporcionalidad del importe de las obligaciones transferidas en materia de residuos nucleares.
Los beneficiarios de la medida son Electrabel, una filial de Engie SA, y Luminus, una filial de EDF SA, así como 'SÉ-NUC', la nueva empresa conjunta al 50 % entre el Estado belga y Electrabel. Tras la medida, ambos reactores serán propiedad conjunta de BE-NUC con una participación del 50 % y de Luminus con una participación del 89.8 %.
El apoyo incluye los siguientes componentes, que constituyen una única intervención:
- Acuerdos financieros y estructurales: (i) la creación de una 'BE-NUC' para cubrir los gastos de capital necesarios; (ii) un contrato por diferencia que garantice unos ingresos estables durante un período de 10 años y limite el exceso de remuneración; (iii) otros mecanismos de protección financiera, como un préstamo y una garantía de flujo de caja operativo.
- Transferencia de pasivos de Electrabel al Estado belga en relación con los residuos nucleares y el combustible gastado, a cambio del pago de una suma global de 15 millones de euros; y
- Reparto de riesgos y protección jurídica en caso de futuros cambios legislativos, específicamente relacionados con los operadores nucleares en Bélgica o con las actividades nucleares de Electrabel.
La evaluación de la Comisión
La Comisión evaluó la medida con arreglo a las normas sobre ayudas estatales de la UE, en particular Artículo 107, apartado 3, letra c) del Tratado de Funcionamiento de la UE («TFUE»), que permite a los Estados miembros apoyar el desarrollo de determinadas actividades económicas en determinadas condiciones, y el Reglamento 2019/943 (modificado por Reglamento 2024 / 1747) sobre el diseño del mercado de electricidad de la Unión.
Para responder a las preocupaciones de la Comisión, Bélgica modificó las condiciones del paquete de apoyo público del proyecto, cuando fue posible, dado el diseño de los reactores nucleares.Durante la investigación en profundidad, Bélgica aclaró que los reactores nucleares se basan en una tecnología antigua, por lo que no es seguro ni técnicamente viable aumentar y reducir la potencia con frecuencia (modular). Por lo tanto, el número de modulaciones está limitado por la autoridad de seguridad nuclear belga, lo que limita la flexibilidad de los reactores y la capacidad del operador nuclear para responder a las señales del mercado.
En cuanto a Necesidad y conveniencia de mecanismos adicionales de apoyo financiero además del CfD, en particular la creación de BE-NUC, así como los préstamos y la garantía de flujo de caja operativo, Bélgica aclaró que estos instrumentos son complementarios y cubren diferentes riesgos relacionados con el proyecto, por lo que son necesarios para asegurar su viabilidad financiera a largo plazo.
Para garantizar que el diseño del CfD sea apropiado y no haya distorsiones indebidas del funcionamiento del mercado de la electricidad, Bélgica:
- transfirió la autoridad de toma de decisiones sobre modulaciones económicas de BE-NUC a un gestor energético independiente, que venderá la parte de BE-NUC de la electricidad nuclear en el mercado y que tendrá los incentivos financieros adecuados, que están sujetos a reevaluación después de 3.5 años, para garantizar un uso eficiente del stock de modulaciones;
- se aseguró de que el gestor energético pueda negociar libremente la cuota de electricidad de BE-NUC en cualquier mercado, y actuará de forma independiente, organizando una licitación abierta y competitiva, incluyendo garantías adicionales en caso de que la entidad comercial de Engie participe y/o gane la licitación.
Para garantizar que la medida sea proporcionada, Bélgica:
- El precio de ejercicio del CFD se fijará sobre la base de un modelo de flujo de caja descontado que garantice que el importe total de la ayuda se limite al déficit de financiación del proyecto. El modelo financiero garantiza que los accionistas de BE-NUC obtendrán una tasa de rendimiento de mercado por su inversión.
- intensificó el mecanismo de «Ajuste del riesgo de precios de mercado», mediante el cual el dolor (o la ganancia) de unos precios de mercado inferiores (o superiores) a los esperados se comparte entre el Estado belga y los beneficiarios;
- limitó la garantía de flujo de caja operativo para limitar la exposición del Estado belga a los altos costos de interrupciones inesperadas;
- precisó que, en relación con la transferencia de responsabilidades: (i) el volumen transferido es limitado y existe una tarifa de ajuste de volumen en caso de que se exceda el volumen de residuos preestablecido, (ii) existen criterios estrictos sobre el acondicionamiento de los residuos antes de su transferencia al Estado belga y (iii) un organismo nacional específico (Hedera) gestionará y controlará los fondos de 15 XNUMX millones de euros.
Tras la presentación de pruebas adicionales y la modificación de la medida, la Comisión concluyó que la ayuda es necesaria y adecuada para alcanzar el objetivo perseguido, además de proporcionada, ya que se limita al mínimo necesario, al tiempo que se minimizan las distorsiones de la competencia causadas por la medida. Sobre esta base, la Comisión aprobó la medida belga con arreglo a las normas de la UE sobre ayudas estatales.
Antecedentes
De conformidad con el TFUE, los Estados miembros tienen libertad para determinar su combinación energética, las condiciones de explotación de sus recursos energéticos y la estructura general de su abastecimiento energético. La decisión de fomentar la energía nuclear es competencia nacional.
Las ayudas estatales a la energía nuclear pueden evaluarse y aprobarse directamente en virtud de Artículo 107, apartado 3, letra c), del TFUE, que permite a los Estados miembros apoyar el desarrollo de determinadas actividades económicas en determinadas condiciones. El apoyo debe seguir siendo necesario y proporcionado y no afectar negativamente a las condiciones comerciales en una medida contraria al interés común.
Tras la entrada en vigor de la Nuevas reglas de diseño del mercado eléctrico en julio de 2024, la Comisión también evalúa el cumplimiento de los principios de diseño de CfD establecidos en Reglamento 2024 / 1747.
La versión no confidencial de la Decisión estará disponible bajo el número de caso SA.106107 en el Registro de ayudas estatales en Dirección General de Competencia sitio web una vez las cuestiones de confidencialidad se han resuelto. Las nuevas publicaciones de decisiones sobre ayudas estatales en Internet y en el Diario Oficial se encuentra en el State Aid Weekly e-News.
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