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Ayudas estatales: La Comisión aprueba la creación de desarrollo Portugués institución financiera

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timthumbLa Comisión Europea ha llegado a la conclusión de que los planes portugueses para la creación de una institución financiera (Instituição Financeira de Desenvolvimento, IFD) se ajustan a las normas de la UE sobre ayudas estatales. El IFD, financiado por el Estado portugués y los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (Fondos EIE), gestionará fondos de cartera o especializados y proporcionará a las PYME acceso a financiación sobre una base de coinversión con inversores privados. En particular, la Comisión constató que la medida abordaría las deficiencias del mercado que obstaculizan el acceso de las PYME a la financiación, sin distorsionar indebidamente la competencia en el mercado único.

En agosto de 2014, Portugal notificó a la Comisión los planes de creación del IFD, cuyo capital inicial de 100 millones de euros será suscrito íntegramente por el Estado portugués. Portugal se ha comprometido a notificar cualquier nueva aportación de capital al IFD a la Comisión para el control de las ayudas estatales.

El IFD gestionará y canalizará Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (Fondos EIE) asignados a Portugal para el período 2014-2020. financiamiento período, así como los reembolsos de los programas financiados por los Fondos EIE. El IFD gestionará fondos de cartera o fondos especializados, con coinversión de inversores privados, con el objetivo de abordar las fallas del mercado que obstaculizan el acceso de las pymes a la financiación de deuda, capital social y cuasicapital. La presente decisión no cubre ninguna otra actividad del IFD, de la que se le pueda encargar en el futuro y que deba notificarse a la Comisión para su aprobación.

La Comisión evaluó esta medida con arreglo al artículo 107, apartado 3, letra c), del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), que permite la concesión de ayudas para apoyar el desarrollo de determinadas actividades económicas. La Comisión constató, en particular, que la medida era un medio adecuado y proporcionado de proporcionar financiación a las PYME cuando se demuestra una deficiencia del mercado. Las distorsiones de la competencia serán limitadas ya que el IFD será un actor mayorista que proporcionará financiamiento a través de otros intermediarios financieros y generará coinversiones por parte de inversionistas privados.

Dado que el mercado de financiación de las PYME y, en particular, el alcance de las deficiencias del mercado pueden evolucionar, la Comisión ha concedido la aprobación hasta el 31 de diciembre de 2020. Esta puede prolongarse tras una reevaluación.

Antecedentes

El IFD estará sujeto a la ley bancaria portuguesa y supervisado por el Banco de Portugal. Tiene licencia para operar como institución financiera, a diferencia de una institución de crédito, con la consecuencia de que no se le permitirá captar depósitos.

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Al llevar a cabo sus actividades, IFD seguirá estrictamente el Acuerdo de Asociación de los Fondos EIE entre Portugal y la Comisión (ver IP / 14 / 885), los respectivos programas operativos y las normas aplicables al uso de los Fondos EIE, que recuerdan el requisito de cumplir las normas sobre ayudas estatales.

La versión no confidencial de la presente decisión estará disponible con el número de caso SA.37824 existentes Registro de ayudas estatales en página web del concurso una vez se hayan resuelto las cuestiones de confidencialidad. Las nuevas publicaciones de decisiones sobre ayudas estatales en Internet y en el Diario Oficial se encuentra en el State Aid Weekly e-News.

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EU Reporter publica artículos de una variedad de fuentes externas que expresan una amplia gama de puntos de vista. Las posiciones adoptadas en estos artículos no son necesariamente las de EU Reporter.

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