Empresa
La Comisión toma medidas para garantizar la transposición completa y oportuna de las directivas de la UE
La Comisión ha adoptado un paquete de decisiones de infracción debido a que los Estados miembros no han comunicado las medidas adoptadas para transponer las directivas de la UE a su Derecho nacional. La Comisión envía una carta de emplazamiento a los Estados miembros que no han notificado las medidas nacionales de transposición de las directivas, cuyo plazo de transposición ha expirado recientemente. En este caso, hay 26 Estados miembros que aún no han notificado las medidas de transposición completa de cinco directivas de la UE en el ámbito de la justicia, la estabilidad financiera, la energía y el medio ambiente. Los Estados miembros afectados disponen ahora de dos meses para responder a las cartas de emplazamiento y completar su transposición, o bien la Comisión puede decidir emitir un dictamen motivado.
La Comisión pide a IRLANDA y AUSTRIA que notifiquen las medidas de transposición completa de las disposiciones de la Directiva sobre reestructuración e insolvencia en lo que respecta al uso de medios electrónicos de comunicación en los procedimientos de insolvencia
La Comisión Europea ha decidido abrir un procedimiento de infracción enviando una carta de emplazamiento a Irlanda y Austria por no haber transpuesto a su Derecho nacional determinadas disposiciones de la Directiva sobre reestructuración e insolvencia (Directiva 2019 / 1023). La Directiva impone a los Estados miembros la obligación de garantizar que, en los casos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas, las partes implicadas, incluidos el administrador y la autoridad judicial o administrativa, puedan llevar a cabo las siguientes acciones por vía electrónica: presentación de reclamaciones, presentación de planes de reestructuración o reembolso y notificaciones a los acreedores. La Directiva entró en vigor en julio de 2019. Los Estados miembros tuvieron tiempo adicional para transponer las disposiciones sobre el uso de medios electrónicos de comunicación en los procedimientos de insolvencia, reestructuración y exoneración de deudas hasta el 17 de julio de 2024. Hasta ahora, Irlanda y Austria no han comunicado las medidas respectivas a la Comisión. Por ello, la Comisión está enviando cartas de emplazamiento a estos Estados miembros, que ahora tienen dos meses para responder y completar su transposición. En ausencia de una respuesta satisfactoria, la Comisión puede decidir emitir un dictamen motivado.
La Comisión pide a ESPAÑA que transponga plenamente la Directiva sobre conciliación de la vida familiar y profesional
La Comisión Europea decidió abrir un procedimiento de infracción enviando una carta de emplazamiento a España por no haber transpuesto íntegramente a su Derecho nacional la disposición relativa al pago de la prestación por las dos últimas semanas del permiso parental, tal y como exige la Directiva 2019/1158 sobre conciliación de la vida familiar y la vida profesional. Esta Directiva establece unos requisitos mínimos destinados a lograr la igualdad entre hombres y mujeres en lo que respecta a las oportunidades laborales y al trato en el trabajo, facilitando la conciliación de la vida laboral y familiar de los trabajadores que sean padres o cuidadores. La Directiva entró en vigor en julio de 2019, con dos plazos de transposición distintos. Los Estados miembros tenían hasta el 2 de agosto de 2022 para transponer la mayoría de las disposiciones de la Directiva a su Derecho nacional, por ejemplo la disposición que establece el derecho a dos meses de permiso parental no transferible y adecuadamente remunerado. Sin embargo, la disposición relativa al pago de las dos últimas semanas del permiso parental tenía que ser transpuesta por los Estados miembros a más tardar el 2 de agosto de 2024. A día de hoy, España no ha comunicado a la Comisión la transposición completa de esta disposición a su Derecho nacional. Por ello, la Comisión envía una carta de emplazamiento a España, que dispone ahora de dos meses para responder y subsanar las deficiencias señaladas por la Comisión. En ausencia de una respuesta satisfactoria, la Comisión podría decidir emitir un dictamen motivado.
La Comisión pide a 17 Estados miembros que transpongan plenamente la Directiva sobre información corporativa sobre sostenibilidad
La Comisión Europea ha decidido abrir un procedimiento de infracción enviando una carta de emplazamiento a Estados miembros 17 (Bélgica, Chequia, Alemania, Estonia, Grecia, España, Chipre, Letonia, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Austria, Polonia, Portugal, Rumanía, Eslovenia y Finlandia) por no haber notificado sus medidas nacionales de transposición completa de la Directiva contable (Directiva 2013 / 34 / UE), La Directiva sobre Transparencia (Directiva 2004 / 109 / CE) y la Directiva de Auditoría (Directiva 2014 / 56 / UE), modificada por la Directiva sobre informes de sostenibilidad corporativa (CSRD) (Directiva (UE) 2022 / 2464). La CSRD introduce nuevas normas sobre la presentación de informes de sostenibilidad. Exige a las grandes empresas y a las empresas que cotizan en bolsa (excluidas las microempresas) que revelen información sobre los riesgos sociales y ambientales a los que se enfrentan y sobre el impacto de sus actividades en las personas y el medio ambiente. Esto ayuda a los inversores y otras partes interesadas a evaluar el desempeño de las empresas en materia de sostenibilidad.
Las nuevas normas de información sobre sostenibilidad se aplican a partir de los ejercicios económicos que comiencen a partir del 1 de enero de 2024. Si no se transponen estas nuevas normas, no será posible alcanzar el nivel necesario de armonización de la información sobre sostenibilidad en la UE y los inversores no estarán en condiciones de tener en cuenta el desempeño de las empresas en materia de sostenibilidad a la hora de tomar decisiones de inversión. Los 17 Estados miembros afectados aún no han comunicado la transposición completa a la legislación nacional de las disposiciones de la CSRD (Directiva (UE) 2022 / 2464). El plazo de transposición expiró el 6 de julio de 2024. Por ello, la Comisión ha enviado cartas de emplazamiento a los Estados miembros afectados, que disponen ahora de dos meses para responder y completar su transposición. En caso de no recibir una respuesta satisfactoria, la Comisión podría decidir emitir un dictamen motivado.
La Comisión pide a los Estados miembros que transpongan las normas acordadas para acelerar los procedimientos de autorización de proyectos de energía renovable
La Comisión Europea ha decidido abrir un procedimiento de infracción enviando una carta de emplazamiento a Estados miembros 26 por no haber incorporado plenamente al Derecho nacional las disposiciones de la Directiva revisada sobre energías renovables relativas a la simplificación y aceleración de los procedimientos de concesión de permisos. La Directiva revisada sobre energías renovables (Directiva 2023 / 2413 enmienda Directiva 2018 / 2001) entró en vigor en noviembre de 2023 y determinadas disposiciones debían transponerse al Derecho nacional antes del 1 de julio de 2024. Estas disposiciones incluyen medidas para simplificar y acelerar los procedimientos de concesión de permisos tanto para proyectos de energía renovable como para los proyectos de infraestructura necesarios para integrar la energía renovable adicional en el sistema eléctrico. También incluyen plazos claros para los procedimientos de concesión de permisos destinados a tecnologías o tipos de proyectos específicos, el fortalecimiento del papel del punto de contacto único para las solicitudes y la presunción de que los proyectos de energía renovable y la infraestructura de red relacionada son de interés público superior. Hasta la fecha, solo Dinamarca ha notificado la transposición completa de estas disposiciones antes de la fecha límite legal del 1 de julio de 2024. Por tanto, la Comisión está enviando cartas de emplazamiento a Bélgica, Bulgaria, Chequia, Alemania, Estonia, Irlanda, Grecia, España, Francia, Croacia, Italia, Chipre, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Hungría, Malta, Países Bajos, Austria, Polonia, Portugal, Rumanía, Eslovenia, Eslovaquia, Finlandia y Suecia. Ahora tienen dos meses para responder y completar su transposición. En ausencia de una respuesta satisfactoria, la Comisión podrá decidir emitir un dictamen motivado.
La Comisión pide a PORTUGAL y ESLOVAQUIA que transpongan plenamente las directivas que restringen determinadas sustancias peligrosas en los aparatos eléctricos y electrónicos
La Comisión Europea ha decidido abrir un procedimiento de infracción enviando una carta de emplazamiento a Portugal y Eslovaquia por no haberlo transpuesto a su legislación nacional Directiva Delegada (UE) 2024/232 de la Comisión por la que se modifica la Directiva sobre la restricción de sustancias peligrosas en aparatos eléctricos y electrónicos (Directiva 2011 / 65 / UE) (Directiva RoHS) en lo que respecta a una exención para el cadmio y el plomo en los perfiles de plástico de las ventanas y puertas eléctricas y electrónicas que contienen cloruro de polivinilo rígido recuperado. La Directiva RoHS restringe el uso de sustancias peligrosas, como el cadmio, el plomo y el mercurio, para proteger la salud humana y el medio ambiente. También permite la recuperación y el tratamiento de residuos de equipos eléctricos y electrónicos de forma respetuosa con el medio ambiente. La Directiva RoHS permite, en determinadas condiciones, exenciones limitadas en el tiempo de las restricciones sobre el uso de diferentes sustancias. Los perfiles de plástico de las ventanas y puertas electrificadas, que están hechos de cloruro de polivinilo (PVC) recuperado, pueden contener concentraciones heredadas de cadmio y plomo, que anteriormente se utilizaban en el PVC.
Para permitir la comercialización de dichas ventanas y puertas en el mercado europeo, se concedió una exención en la Directiva Delegada (UE) 2024/232 de la Comisión. Está en consonancia con una excepción similar para el plomo en el PVC recuperado para ventanas y puertas no electrificadas establecida en Reglamento (UE) 2023/923 de la Comisión enmienda Reglamento (CE) no 1907 / 2006La nueva exención preserva un alto nivel de protección medioambiental, permitiendo el reciclado de material de PVC antiguo. La recuperación del PVC antiguo requiere cantidades inferiores de energía y recursos naturales que las que se necesitarían de otro modo para el uso de PVC virgen. La fecha límite para adoptar y publicar las medidas nacionales de transposición era el 31 de julio de 2024. Respetar este plazo es importante para el buen funcionamiento del mercado único en lo que respecta a los productos a los que se aplica la exención. Sin una exención ejecutable, los artículos electrificados fabricados a partir de PVC recuperado con determinadas concentraciones heredadas de cadmio y plomo no podrían comercializarse, lo que obstaculizaría la transición a la economía circular. Los Estados miembros afectados no han comunicado sus medidas de transposición a la Comisión. Por tanto, la Comisión envía una carta de emplazamiento a Portugal y Eslovaquia, que ahora tienen dos meses para responder y completar su transposición. En ausencia de una respuesta satisfactoria, la Comisión podría decidir emitir un dictamen motivado.
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